Día de la Hispanidad: ¿Si no trabajo el sábado 12 de octubre me deben compensar ese día festivo?

Esto es lo que dice el Estatuto de los Trabajadores

Imagen de archivo de la celebración del 12 de octubre en Vigo.

Imagen de archivo de la celebración del 12 de octubre en Vigo. / Joel Martínez

M. U.

El 12 de octubre se celebra en Vigo (y en toda España) el Día de la Hispanidad, una de las fechas más destacadas del país. Un día de fiesta nacional que este año, sin embargo, cae en sábado. ¿Cómo se gestiona en este caso la jornada laboral? ¿La empresa debe compensar este día de descanso?

La respuesta está clara: no. El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores explica que "las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales".

Con todo, recoge que "en cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España".

Es decir, esas citadas fiestas no se pueden mover de día; el resto de festivos de ámbito nacional pueden ser trasladados al lunes si coinciden en domingo. El Estatuto no hace referencia a que la empresa deba compensar en estos casos a sus trabajadores.

En este sentido, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid interpretó que las empresas no deben una compensación porque si el festivo cae en sábado no se genera un derecho a un descanso compensatorio adicional. Es decir, si el festivo coincide con un día en el que no había obligación de trabajar por otra razón, no hay obligación por parte del empresario de conceder otro día de descanso compensatorio.

Eso sí: los empleados que sí trabajen el 12 de octubre deben ser retribuidos por trabajar en festivo, o bien con un día de descanso compensatorio o con una compensación económica.

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