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Condenados dos menores por difundir un vídeo sexual de un compañero de instituto en Vigo

Se les impuso la obligación de participar de talleres sobre ‘sexting’ y uso de las nuevas tecnologías | La víctima sufrió daños morales

Jóvenes usando sus teléfonos móviles.

Jóvenes usando sus teléfonos móviles. / Shutterstock

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Entre los objetivos que se perseguía con la medida de restringir el uso del teléfono móvil en los centros educativos era evitar conductas que deriven en acoso escolar, bullying a través de redes sociales, grabaciones sin el consentimiento de sus protagonistas.... y, en general, mejorar la convivencia en las aulas. Y es que estos episodios no eran tan residuales como a priori semejaban. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, acaba de ratificar la pena a dos menores por difundir un vídeo sexual de un compañero de instituto en Vigo.

Medidas de mejora de la empatía y respeto

El Juzgado de Menores nº1 de Pontevedra impuso a los dos chicos, de entonces 16 años, como autores de sendos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, medidas reformadoras de libertad vigilada para uno de ellos de 6 meses con la obligación de participar en un taller de educación afectivos sexual y de habilidades sociales –consistentes en mejorar la empatía y respeto entre iguales– mientras que al segundo se le impuso 4 meses de tareas socioeducativas encaminadas a prevenir los riesgos asociados al sexting y uso responsable de las nuevas tecnologías.

Daños morales

A mayores, y en concepto de responsabilidad civil que deberán asumir sus padres, tienen que indemnizar a la víctima en 1.000 euros por los daños morales causados, ya que el menor, también de 16 años, sufrió la “mofa y burla” de varios compañeros de instituto, quienes se dirigían hacia él “haciendo gestos obscenos”.

Vídeo sexual

Los hechos se remontan a abril de 2021, cuando se abrió expediente sancionador sobre uno de los dos menores por la tenencia en su teléfono móvil de un vídeo en el que se aprecia a un menor masturbándose.

Según se recoge en la sentencia, el menor expedientado exhibió el vídeo a otros adolescentes en el parque así como en el centro educativo en el que “ambos estudiaban”, llegando también a “divulgarlo” a través de whatsapp.

El segundo menor expedientado difundió su contenido a toda la clase de 3º de la ESO de dicho instituto vigués, tal y como relataron varios compañeros a la jefa de estudios del centro educativos.

"Mofas y burlas"

El círculo del vídeo provocó en la víctima la burla y mofa por parte de sus compañeros, al que le profesarían expresiones denigrantes que le generaron un “malestar emocional” que lo llevó a estar más de un mes sin asistir a clase.

Protocolo de acoso escolar

Cuando el IES tuvo conocimiento de los hechos, se incoó un expediente corrector contra uno de los menores por diferentes faltas prejudiciales sobre la convivencia en el centro, que sumadas a la querella actual, le conllevó la expulsión durante un mes del instituto. El equipo directivo del centro vigués, para “garantizar un regreso seguro” a las clases por parte de la víctima, se reunió en varias ocasiones con él y sus padres, a la par que advirtieron al resto de alumnos que con la difusión del vídeo se cometía un delito contra la intimidad, llegando a adoptar un protocolo de prevención del acoso escolar.

Contradicciones

Uno de los implicados recurrió dicha sentencia del Juzgado de Menores al sostener que la declaración de la víctima “carecía de veracidad”, al apuntar a que incurría en contradicciones en lo declarado ante la Policía Nacional y posteriormente en Fiscalía. Los magistrados de la Audiencia de Vigo son certeros al asegurar que “en el momento en el que los testigos reconocen haber visto el vídeo, que se trataba de [...] y que fue el menor condenado quien lo exhibió en su teléfono al resto de la clase”, las restantes matizaciones “decaen”.

La sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

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