Un vigués salva los muebles, pero no la casa, en los tribunales

Un juzgado de Vigo lo condenó a dejar la vivienda en la que convivía con su exmujer y pagarse la defensa que había costeado el Estado, pero la Audiencia corrigió la segunda decisión

Imagen de una protesta del turno de oficio, que asumen la justicia gratuita

Imagen de una protesta del turno de oficio, que asumen la justicia gratuita / Fernando Casanova

Pudo haber sido peor, pero al menos en segunda instancia, salvó los muebles (que no la vivienda). Un vigués al que un juzgado de la ciudad desahució y, en la misma sentencia, retiró el derecho a la asistencia jurídica gratuita por entender que había abusado de ella, logró con un recurso evitar hacerse cargo de su defensa.

La reciente sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Vigo, es un tanto sucinta sobre el relato de los hechos, pero de ella se desprende que el hombre habitaba con su esposa en una vivienda de la familia de ella. En un momento dado, la pareja se divorció y los propietarios quisieron recuperar la casa, para lo que presentaron una demanda de desahucio.

La mujer se allanó a la demanda, es decir, aceptó irse, mientras que su exmarido alegó que en la sentencia de divorcio se atribuía a ella el uso del inmueble, pero también se le permitía a él permanecer en el mismo por un cierto periodo. El hombre, por tanto, se agarró a ese argumento para defender su derecho a quedarse en la casa, pero ambas sentencias remarcan que "no consta" que su expareja tenga poder otorgado para actuar en nombre y representación de los dueños.

Además, ni el Juzgado de Primera Instancia Nº3 ni la Audiencia ven dudas de que la titularidad de la vivienda es de los demandantes y que, procede, por tanto, el desahucio por precario. Este se da cuando los moradores utilizan la propiedad de manera gratuita, o al menos sin que haya un contrato. El fallo apunta que la ocupación de la vivienda se dio "por mera tolerancia de los daños", por lo que una vez que les han comunicado que deben abandonarla no tienen otra opción.

Justicia gratuita

Hasta aquí las coincidencias en ambos órganos judiciales. El primer fallo revocó la asistencia gratuita que había utilizado el demandado y lo condenó a asumir los gastos y costas generados por su defensa. Esta decisión se toma cuando se considera que se ha abusado de este derecho con "pretensiones insostenibles" y que "por absurdas y descabelladas no resulten merecedoras de ser sufragadas con dinero público".

Los magistrados de la Audiencia, en cambio, no creen que el uso de la sentencia de divorcio para defender su derecho a seguir en la vivienda suponga un "abuso de derecho, temeridad, mala fe o fraude de ley". Insisten en que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los límites a la justicia gratuita deben ser "restrictivos" y tiene que hacerse "un uso prudente y excepcional" de la retirada de ese beneficio para los ciudadanos más desfavorecidos económicamente. Contra esta segunda sentencia, de enero de este año, cabía recurso de casación.

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