Un juez de Vigo reprocha la "cicatería" del Sergas en una indemnización por un diagnóstico tardío
El magistrado obvia "un absurdo o salomónico camino intermedio" y le concede a la demandante los 30.000 euros que pedía
A la mujer no se le detectó hasta 2019 un cáncer que ya aparecía en pruebas realizadas en 2016

El juez Marcos Amboage, que firma la sentencia, en una imagen de archivo / Marta G. Brea
Dura sentencia contra el Sergas en el caso de una mujer que reclamaba una indemnización por el diagnóstico tardío de un cáncer de mama que sufrió. El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo es llamativo no tanto por las sumas que se manejan —es frecuente ver cifras muy superiores en pleitos médicos—, sino por la contundencia con la que se expresa el magistrado Marcos Amboage.
Lo que debía dirimir el juez es la cuantía de la compesación para la demandante por el tiempo de incapacidad que le produjo la enfermedad y por las secuelas físicas y psicológicas que le causó. En la vía administrativa, el Servizo Galego de Saúde le había concedido 15.000 euros; ella reclamaba 30.000. Tras examinar el caso y repasar los expedientes administrativos, la resolución concluye que la mujer estableció la cantidad "de forma mesurada, contenida, sin evidencia de enriquecimiento injusto".
"Lo que no es de recibo, lo que no aceptamos por su disconformidad a Derecho es (...) que esa prudencia de la actora se traduzca en la cicatería de la demandada", asevera el magistrado. Cicatero, según la Real Academia de la Lengua, es "mezquino, ruin, miserable, que escatima lo que debe dar". No observa, además, que esa "sensible rebaja" se sustente en otra motivación que no sea "el simple hecho de reconocer menos de lo que se pide".
La sentencia, firmada a finales de julio y que ya es firme, también rechaza optar por "un absurdo o salomónico camino intermedio" entre lo que pedía la mujer y lo que concedía el Sergas. Considera Marcos Amboage que imponer una indemnización equidistante sería "un incongruente 'ni para ti, ni para mí' carente de fundamento".

Una mamografía, en una imagen de archivo / FDV
Pérdida de oportunidad
El pleito deriva del diagnóstico tardío de un carcinoma. La lesión apareció por primera vez en una mamografía en 2016; sin embargo, pasó inadvertida hasta que se le realizó una nueva prueba tres años después. No es un caso de mala praxis de los doctores, si no que la base es "la doctrina de la pérdida de oportunidad", esto es, que se acredita "una cierta probabilidad de que la actuación médica pudiera haber evitado el daño".
La propia instructora del Sergas asume esas tesis en la vía administrativa, que en el juicio reforzó una perito de la defensa. Si se hubiera observado la lesión en 2016, como mínimo la cirugía hubiese sido menos lesiva y, quizás, un tratamiento precoz hubiese dado mejores resultados. El juez considera justos y en consonancia con la jurisprudencia los 30.000 euros que pedía la mujer, aunque no le concede los intereses.
Suscríbete para seguir leyendo
- Última hora en Galicia: sin luz al menos hasta la noche en una jornada de caos total en la comunidad
- ¿Qué había en la consumición de Pablo?
- Belleza perruna: estas son las 10 razas de perro más bonitas que existen
- Galicia recupera poco a poco la normalidad tras el apagón: clases suspendidas y trenes parados
- España, paralizada por un insólito apagón de luz de origen todavía desconocido
- «Que no se hagan ilusiones; las reformas del papa no tienen vuelta atrás, salvo que quieran una Iglesia de museo»
- Encerraron a sus tres hijos en un chalet de Oviedo hace 4 años: «Hemos desmantelado la casa de los horrores»
- Un joven de Vilagarcía fallece en una caída de moto en Cádiz