Derecho laboral

Avalado el despido de una dependienta viguesa que denunció "de mala fe" el derrumbe de un techo

La mujer llevó ante la Inspección de Trabajo el estado de la cubierta, pero unas cámaras la captaron con otra compañera tirando de ella hacia abajo | El TSXG ratifica una sentencia de un juzgado de lo social de Vigo

El recurso del caso se dirimió ante el TSXG

El recurso del caso se dirimió ante el TSXG / Carlos Pardellas

Segundo varapalo judicial para una dependienta viguesa que fue despedida tras un estrafalario episodio con el techo de la tienda en la que trabajaba como protagonista. Si un juzgado de lo social de Vigo ya había avalado el cese, ahora es el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el que rechaza su recurso y respalda esa decisión.

La empleada llevó su despido ante la Justicia alegando que se había vulnerado su garantía de indemnidad, esto es, su derecho a no recibir represalias por haber denunciado previamente a su empresa. Y es que la dependienta, dos días antes del derrumbe, había presentado una queja ante la Inspección de Trabajo porque "su jefa les hizo trabajar a pesar del peligro de derrumbe del techo, despreciándolas y humillándolas, sintiéndose además discriminadas con respecto a otras tiendas de la misma empresa".

Sin embargo, la sentencia del TSXG, contra la que cabía recurso de casación, ratifica el relato de los hechos plasmado en la primera sentencia: fue la dependienta a la que, junto a otra compañera, la responsable del colapso de la techumbre de una tienda. Las grabaciones de la cámara de seguridad resultaron claves para probar que el techo había cedido después de que ambas tirasen de unos cables que servían de anclaje de la techumbre".

En su recurso, la defensa de la mujer argumentó que solo estaban "intentando calibrar la fortaleza del techo" con el fin de salvaguardar su integridad física y la de sus clientes, un argumento que los magistrados del Superior desechan. Es más, consideran que la empleada cometió una "flagrante vulneración de la buena fe contractual" y que la empresa cumplió "con exquisita precisión" los requisitos legales establecidos para dar por buena una carta de despido.

Entrada de la Ciudad de la Justicia, donde ya ha sido trasladado el Juzgado de lo Social nº 4 que ha visto este caso

Entrada de la Ciudad de la Justicia, donde ya ha sido trasladado el Juzgado de lo Social nº 4 que vio este caso en primera instancia / Alba Villar

Primara instancia

La sentencia de primera instancia establecía que las trabajadoras no habían avisado a sus superioras de las grietas, que vio una de las dos dueñas del negocio en una visita a la tienda a principios de mayo. La empresaria comentó que era necesaria una reparación y les pidió que no colgasen nada de unos troncos decorativos que estaban anclados al techo.

El 21 de ese mes de mayo, dos días después de presentar la denuncia ante la Inspección de Trabajo, la cámara de seguridad grabó a las empleadas tirando de unos cables que anclaban al techo esos troncos. Lo hicieron tanto con sus manos como con el palo de una escoba, hasta que parte de la cubierta se desprendió, sin que resultasen dañadas. Cuatro días más tarde ampliaron su queja y cinco más tarde, la demandante fue despedida (la sentencia no se refiere en ningún momento al destino de la otra trabajadora).

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