El Supremo admite el recurso del fiscal contra la sentencia de los peajes que exculpó a Audasa

Los alegatos pasan el primer y exigente filtro, lo que significa que el Alto Tribunal entrará a valorar el caso y emitirá la última palabra sobre si hubo abusividad o no en el cobro de las tarifas durante las obras de Rande

Imagen del puente de Rande, cuyas obras de ampliación motivaron el pleito por los peajes. |   // MARTA G. BREA

Imagen del puente de Rande, cuyas obras de ampliación motivaron el pleito por los peajes. | // MARTA G. BREA / marta fontán

Marta Fontán

Marta Fontán

El Tribunal Supremo es, jurídicamente hablando, una plaza complicada. Como cúpula del sistema de impugnaciones judiciales del territorio nacional, allí llegan, entre otros, los recursos de casación que se formalizan buscando la revocación o modificación parcial de sentencias emitidas por órganos de menor rango. Unos alegatos que deben enfrentarse a un primer y exigente filtro, el de su admisión o no a trámite, porque la realidad es que la mayoría fracasan en esta rigurosa fase.

El preámbulo con el que arranca este artículo no tiene otro fin que dar contexto al paso clave que acaba de dar la Fiscalía en su batalla judicial contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que absolvió a Audasa en el caso por los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande en la AP-9. Y es que el Alto Tribunal, la Sala de lo Civil, acaba de admitir a trámite el recurso del Ministerio Público, lo que significa que sus magistrados entrarán a valorar el fondo del asunto y emitirán, en definitiva, la última palabra sobre si la concesionaria de la autopista actuó o no de forma abusiva por cobrar las tarifas a los conductores pese a los atascos que tuvieron que padecer durante ese período de más de tres años.

En un procedimiento en que se ha nombrado magistrada ponente a María de los Ángeles Parra Lucán, con la emisión de este auto judicial firme el Supremo considera que concurren los presupuestos y requisitos que legalmente se exigen a este tipo de escritos, por lo que ahora se abrirá un plazo de 20 días para que Audasa formalice documentalmente su oposición al recurso de la Fiscalía, al que se adhirió la plataforma En-Colectivo, que ejerce la acusación particular. Cumplido este trámite, a continuación se señalará día y hora para la celebración de la vista, si ésta se considerase necesaria, o en su defecto, que suele ser lo más habitual, ya directamente para la votación y fallo por parte de los magistrados del tribunal.

En manos del Supremo está decidir sobre un asunto de materia de consumidores que suma ya un recorrido judicial de cinco años y que, hasta el momento, ha protagonizado dos sentencias contradictorias. La primera, la del Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra, condenó a Audasa al considerar abusivo el cobro de esos peajes, circunstancia que limitó en todo caso a 81 incidencias de tráfico registradas entre febrero de 2015 y el verano de 2018 con motivo de las obras que se realizaron en Rande, unos colapsos que provocaron la indignación y las quejas de los alcaldes de los municipios más afectadas, así como de asociaciones de conductores, de empresarios y de la propia Valedora do Pobo.

Frente al criterio de este juez, en vía de recurso de apelación la Audiencia de Pontevedra exculpó a la concesionaria. Los magistrados de la Sección Primera no vieron práctica abusiva alguna ni actitud “obstruccionista o desleal” por parte de la empresa con respecto a sus clientes, los usuarios del concurrido vial. En definitiva, concluyeron, Audasa no tenía ni el deber ni la obligación de reducir el importe de los peajes pese a los colapsos de tráfico.

Ahora será el Supremo el que dictará sentencia. La Fiscalía, en su recurso de casación formalizado en mayo de 2021 y que estaba desde entonces a la espera del paso que se ha dado esta semana, solicita revocar la resolución de la Audiencia para que se condene a la concesionaria y, de paso, se cree jurisprudencia sobre esta cuestión.

Los transportistas, con una victoria provisional que está pendiente de la Audiencia de A Coruña

La demanda civil que impulsó la Fiscalía en 2018 solicitando que se restituyan los peajes a todos los conductores que pasaron por la AP-9 durante los más de tres años que duraron las obras en el puente de Rande –lo hizo tras una investigación interna previa que abrió por el clamor que se levantó ante los graves y reiterados colapsos de tráfico que se producían– se circunscribe al ámbito de los consumidores. Si logra que el Supremo le dé la razón, los beneficiarios serían aquellos automovilistas que circularon por la autopista como ciudadanos particulares.

Al no poder unirse a esta causa judicial, empresarios del sector del transporte por carretera y profesionales de otros ámbitos que también se vieron afectados por los atascos de esas obras impulsaron otro procedimiento en el que el Juzgado de Primera Instancia 12 de A Coruña les dio recientemente la razón, condenando a Audasa a devolver a los litigantes el 50% del importe de los peajes abonados en ese período. En este caso hubo recursos de apelación aún no resueltos, por lo que ahora está pendiente de lo que dictamine la Audiencia Provincial de A Coruña.

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