Dos vigueses ya pidieron cambiar de nombre o sexo en el Registro Civil sin informes médicos
La nueva Ley Trans entró en vigor hace solo doce días | El órgano local ya dio cuenta de reversiones para recupera el género inicial

El Registro Civil de Vigo, en una foto de archivo. // R.G. / e. villanueva
El pasado 2 de marzo marcó un antes y un después en la sociedad con la publicación en el BOE de la Ley Trans, uno de los proyectos estrella para el Ministerio de Igualdad. Desde hace doce días, cualquier persona mayor de 16 años puede acudir al Registro Civil para solicitar el cambio de sexo y nombre sin la obligación de presentar informes médicos que acrediten “disforia de género” o un tratamiento hormonal previo. El proceso es igual para los adolescentes de entre los 14 y los 16 años, pero deberán estar asistidos de sus progenitores o tutores legales. En el caso de menores de catorce años y mayores de doce, se requiere de una “autorización judicial”.
Dos casos
En el Registro Civil de Vigo ya han sido dos los vecinos que en este periodo han solicitado su cambio, tanto de sexo como de nombre, en estas dependencias, todavía ubicadas en calle Lalín, precisan fuentes del órgano, que inciden además que al ser un trámite que concurre por cita previa, la cifra se prevé incrementar de forma notable.
Cambio de sexo
Si bien en uno de los casos, el expediente se ha iniciado sin mayor incidencia al reclamar un cambio tanto de sexo como de nombre, en el segundo caso, la persona solo demandaba un cambio de sexo –quería mantener su mismo nombre en el DNI– si bien no pudo realizarse porque no presentaba este vigués ninguna documentación que lo identificase.
Tres meses de espera
Esta modificación tardará entre los tres y cuatro meses en ratificarse. Y es que pasados estos 90 días, desde el Registro Civil se volverá a citar a la persona para ratificarse en su decisión de cambio de sexo y confirmar que se trata de un decisión madura y valorada, al no ser necesario contra ya con un informe médico que lo avale.
Reversible
A este respecto hay que recalcar que la Ley deja claro que se trata de un cambio reversible. Así, permite revertir la rectificación registral una vez transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil. Esto implica que transcurrido ese periodo, la persona puede volver a solicitar el cambio. En el caso de Vigo, fuentes de estas dependencias afirman que si bien no son ni mucho menos habituales o frecuentes, sí se han dado de casos de solicitudes de reversiones para recuperar o volver al género inicial.
Sin tiempo para revisión
Una de las grandes problemáticas con las que se han encontrado los profesionales que deben dar aplicación a esta Ley 4/2023, de 28 de febrero, es la ausencia de un periodo de revisión. Y es que su aplicación fue inmediatamente posterior a su publicación en el BOE, por lo que los responsables de los Registros Civiles no han podido conocerla a fondo antes de su entrada en vigor. Importante explicar también que si bien los responsables deben aceptar cualquier petición de cambio de sexo o nombre, estos pueden rechazarla si obedece a fines lucrativos o económicos; y la decisión puede ser recurrida.
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