La Audiencia confirma que el terreno que ocuparon por años cuatro empresas en Cabral es “comunal”

Concluye que el aprovechamiento “inmemorial” del monte Gorxal consta “ampliamente argumentado” | Las firmas defienden que el suelo donde se asentaban es “urbanizable”

Los terrenos del monte vecinal de Gorxal que ocuparon las empresas demandadas.

Los terrenos del monte vecinal de Gorxal que ocuparon las empresas demandadas. / Ricardo Grobas

Las instalaciones de la ITV en Peinador, los campos del AeroClub, las pistas del aeropuerto, los terrenos para la ampliación del IFEVI, el IES Carlos Casares, el CIFP Manuel Antonio, el zoo y dependencias deportivas de A Madroa... Se cuentan por docenas los casos en Vigo y su área de infraestructuras públicas y privadas construidas sobre monte comunal; es decir, suelo de propiedad vecinal que fueron ocupando durante años distintas administraciones que emplearon para sí o que empresas privadas obtuvieron de su compra o permuta de forma fraudulenta, tal y como están reconociendo ahora los tribunales.

Uno de estos últimos casos vuelve a tener a la Comunidad de Montes de Cabral como protagonista. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha desestimado el recurso de cuatro empresas que ocuparon durante años suelo en el monte Gorxal, que defendían de su propiedad, y ha determinado que pertenece a los comuneros de la parroquia viguesa al constar sobre ese suelo un aprovechamiento inmemorial “ampliamente argumentado”.

"Indivisibilidad" del monte

Si hay algo que caracterice al monte es su “indivisibilidad”, y para los magistrados ha quedado acreditado en base a las resoluciones del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de 1990 y 2011, así como al expediente de deslinde tramitado por la Administración Forestal del año 1890-1891, que dichos terrenos forman parte del monte vecinal de mano común.

Es más, como argumento de peso, señala la Audiencia que la cualidad esencial de estos montes está relacionada con su “aprovechamiento por el vecindario de forma consuetudinaria” y, en alusión a la Ley Madoz, el aprovechamiento comunitario del monte Gorxal en el que se ubica la parcela reivindicada “consta ampliamente argumentada” en la documentación histórica del Expediente de excepción de venta de la desamortización de dicha ley.

Documentos de propiedad

Las cuatro empresas afectadas y que presentaron dicho recurso son Viguesa de Cocinas, Hogomar 2.000, Gestión de Patrimonios Reiros y Deter Hispánica. Pese a que dichas compañías poseen documentos que justifican la compraventa de las propiedades desde antes de 1920, con sus correspondientes inscripciones en el Registro de la Propiedad, la Audiencia no ha atendido los recursos que reiteran que los terrenos que ocupan, 6.500 metros cuadrados, “no están clasificados como monte vecinal en mano común sino calificados como suelo urbano de uso industrial y no se ha acreditado el aprovechamiento comunal consuetudinario”.

Tampoco ha sido tenido en cuenta que “los títulos que presentamos provienen de sucesivas transmisiones, centenarias ya, entre personas privadas e incluso, algunas de ellas, de subastas judiciales”, alegan los letrados.

A este respecto, señalan los magistrados que “el estatus del monte vecinal en mano común es anterior a su clasificación por el Jurado, de tal forma que un monte es vecinal si reúne los requisitos previstos en el art. 1 de la Ley gallega 13/1989, independientemente de que haya sido o no clasificado como tal por el Jurado de Montes”.

Regularizar el suelo

El fallo no es firme y contra el mismo todavía cabe recurso de casación. En otros procedimientos similares, una vez el fallo cobra firmeza y se declara la propiedad de la comunidad de montes para con los terrenos, sus miembros pueden solicitar la incoación de un procedimiento de regularización del suelo a través de una cesión por un determinado número de años, canon por el arrendamiento o una expropiación.

Consultada la representación legal de los comuneros en esta causa –el despacho de Calixto Escáriz Abogados–, a priori la intención no es la de instar este expediente para regularizar el suelo, sino solo que quede constancia de que dicho suelo es propiedad de la comunidad de montes de Cabral.

Asociación de vecinos y empresarios

Junto a las cuatro empresas recurrentes, descontentos con el fallo también se mostraban desde la Asociación de Vecinos y Empresarios de Cabral, AVEECA. Su presidenta, Beatriz Ucha, denuncia “a inseguridade e incerteza” que generan estas decisiones judiciales para las empresas, los vecinos y también toda firma que quiera establecerse en suelo de la parroquia de Cabral. “Recibes chamadas de investidores que nos preguntan se determinado terreo está afectado ou non polo monte veciñal; está afectando moito ao investimento na parroquia, e logo que outras 200 vivendas particulares están pendentes da decisión dun xuiz sobre o terreo no que están levantadas”, comenta Ucha.

Reunión con Alcaldía

Denuncia que se trata de una situación “inxusta” y por la que llegó a reunirse con el alcalde de Vigo, Abel Caballero. “Tivemos unha reunión con Alcaldía fai un mes e medio. Expuxémoslle a nosa situación, moitas das nosas parcelas veñen de permutas ou vendas e, atendendo a que xulgado atenda a demanda, pode ser que saia ben ou mal”, lamenta la presidenta de los vecinos y empresarios de Cabral, quien rechaza reunirse con los comuneros. “Non se moven do seu punto, non ten sentido reunirse”, concluye.

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