Condenan al Sergas a indemnizar a una viguesa por la demora en su cambio de sexo

El TSXG le impone el pago de 20.000 euros a la mujer por agravar su trastorno depresivo a causa del retraso a la hora de realizarle su cirugía

un banco pintado con los colores de la bandera trans

un banco pintado con los colores de la bandera trans / FDV

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) condenó al Sergas a pagar a una viguesa 20.000 euros por la tardanza en la realización de su cirugía de cambio de sexo, pese a que contaba incluso con un auto del Juzgado de lo Social numero 1 de Vigo en el que se requería “agilizar todo lo posible los trámites de su intervención quirúrgica” para que esta se realizase lo más pronto posible.

La mujer, tras un procedimiento judicial que se prolongó más de cinco años, tuvo que esperar otros cinco meses para una valoración de la técnica más adecuada para su operación. Esta espera agravó sus problemas de su trastorno ansioso-depresivo “debido a la grave dificultad que le supone la discordancia entre su identidad sexual y la neurológica”. Esta viguesa de 49 años está diagnosticada de Síndrome de Harry Benjamin y disforia de género.

Tras pasar por distintos servicios de Endocrinología y Psiquiatría, la demandante obtuvo el cambio de nombre en el Registro Civil en 2007, si bien “aún repercutía en su estado de ánimo de forma negativa el tema físico”.

Cirugía

Por todo ello acudió a la vía judicial por la espera para ser intervenida de una cirugía correctiva vital. En 2013, el Tribunal Supremo condenó al Sergas a costear los gastos de la cirugía. Atendiendo a sus necesidades, se planteó una colovaginopastia en un hospital de Barcelona en enero de 2015.

Tras la intervención, la paciente sufrió una físcula, por la que tuvo que ser reintervenida en numerosas ocasiones. Los informes médicos del Imelga reconocieron como concausa de su empeoramiento el “factor estresante del retraso sufrido de la intervención” unido a otros factores vivenciales. En base a ello, el TSXG aprecia una pérdida de oportunidad y calcula la indemnización en 20.000 por los daños morales. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Supremo.