La nueva ley del sí es sí rebaja la pena al entrenador de Mos que abusó de una jugadora adolescente

La Audiencia de Vigo reduce la condena impuesta a este hombre y a otros tres sentenciados por delitos sexuales contra menores

El entrenador de Mos condenado por abusos sexuales.  // MARTA G. BREA

El entrenador de Mos condenado por abusos sexuales. // MARTA G. BREA / marta fontán

Marta Fontán

Marta Fontán

Más reducciones de condenas en Vigo por la aplicación de la Ley 10/2022, la popularmente conocida como la ley del “solo sí es sí”. Tras emitir a principios de diciembre el primer auto que derivó en la excarcelación de un agresor sexual que atacó a una mujer en un callejón de Sanjurjo Badía hace más de una década, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica, ha revisado más casos y ayer mismo trascendió que acordó reducir la pena a otros cuatro condenados, todos ellos por delitos sexuales, algunos con penetración, cometidos sobre menores de edad. Uno es el entrenador de Mos que fue sentenciado a casi 23 años de prisión por abusar sexualmente de una adolescente de 14 años –jugadora del equipo de fútbol sala femenino al que entrenaba– con la que mantuvo una relación pese a que la chica no alcanzaba la edad mínima de consentimiento sexual. También se sobrepasó con otra joven. La sala concluye que procede revisar la pena de prisión, que se reduce en seis meses, y modifica también la de alejamiento, que se fija en 11 años, seis meses y un día.

En estos cuatro casos en los que los magistrados vigueses han decidido rebajar las penas lo hicieron en el marco de la ejecución de las sentencias y a petición de las defensas de los propios condenados, que fueron quienes solicitaron la revisión de las resoluciones en virtud del nuevo marco legal en vigor desde este pasado octubre. En todos ellos la Sección Quinta explica que la nueva ley “nada establece” en cuanto a su aplicación “a procedimientos en trámite o ya juzgados y con sentencia firme”, como es el caso de los que protagonizan estos autos judiciales. Otra cuestión en la que incide la sala es que el Código Penal “establece una norma general” en el sentido de que “tendrán efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo”, que es lo que ocurre en los asuntos sobre los que acaba de dictaminar.

Los casos

Uno de esos procedimientos en los que reduce la pena es el del entrenador de Mos, en el que los hechos se remontan ya a 2016. Otro es el de un condenado que abusó de una adolescente que se había fugado de un centro de menores y que, tiempo después, se hizo pasar por teléfono por una mujer que echaba las cartas con el fin de convencer a la chica para que mantuviera relaciones con él, lo que consiguió. La víctima sufría una discapacidad del 33%. Condenado a 13 años de cárcel en 2019, una de las penas impuestas, de 11, queda reducida a 10 años. Un asunto más que se revisa y en el que se baja de 10 a 9 años otra condena es el de un vigués que abusó de una sobrina suya de unos 7 años de edad tras engañarla para que fuera a su cuarto con la excusa de mostrarle peluches. Y, por último, los magistrados reducen de 8 a 6 años la pena a otro hombre que también abusó de una menor. En este caso, según se declaró probado, el agresor conocía a la víctima a través de la familia y llegó a invitarla a ella y a sus hermanas a ir a parques temáticos de Madrid. También le hacía regalos. Tras crear este clima de confianza, llevó a la adolescente a un hotel donde había reservado una habitación y abusó de ella.

Frente a estos casos, otra resolución de la misma sala rechaza revisar una condena de 13 años de cárcel a un hombre que abusó de dos menores: uno sufría síndrome de Asperger y la otra víctima fue una niña de cinco años a la que realizó tocamientos en el local de una asociación de vecinos. En uno de los delitos, el continuado, la sala argumenta que la nueva ley es “claramente” más perjudicial para el reo y, en el otro, la pena queda igual que con la anterior norma.

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