Las cláusulas suelo aún dan guerra judicial

La histórica sentencia de Europa dio lugar a 11.000 demandas hipotecarias en los últimos cinco años y el fenómeno todavía no se ha agotado: cada día entran cuatro nuevos pleitos

Muchos de los casos de cláusulas suelo acaban, vía recurso de apelación, en la Audiencia.

Muchos de los casos de cláusulas suelo acaban, vía recurso de apelación, en la Audiencia. / Marta G. Brea

Marta Fontán

Marta Fontán

A finales de 2016 una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hacía historia. Fue la que se posicionó a favor de la retroactividad total en materia de cláusulas suelo hipotecarias. El impacto de esa resolución fue de tal magnitud que sus consecuencias aún se siguen notando a día de hoy. Y es que en los últimos cinco años, impulsadas por ese trascendental fallo europeo, los juzgados registraron más de 11.000 demandas bancarias, la gran mayoría centradas en el suelo hipotecario, pero también en otro tipo de cláusulas abusivas, como la de los gastos de formalización de la hipoteca o la de los intereses moratorios. El fenómeno todavía no se ha agotado y, de hecho, a día de hoy siguen entrando una media de cuatro litigios diarios.

Los últimos datos hechos públicos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) arrojan que entre enero y septiembre de este año se registraron 995 litigios. Al contrario que en los ejercicios anteriores, en los que los pleitos de esta materia de toda la provincia se formalizaban en Vigo, ahora estos casos son atendidos y resueltos por los juzgados civiles de todo el territorio pontevedrés. Pero la factura del aluvión de asuntos a los que tuvo que hacer frente la ciudad olívica desde que en 2017 se crearon los juzgados especializados en cláusulas suelo aún está muy presente. La avalancha de causas provocó que en Vigo se llegasen a contabilizar la friolera de casi 4.500 demandas a la espera de ser resueltas. Esta cifra récord se alcanzó avanzado el 2019. Las medidas de refuerzo permitieron ir reduciendo el descomunal colapso, pero a día de hoy aún hay más de 2.600 pleitos que aguardan sentencia.

Clausulas suelo

Simón Espinosa / Simón Espinosa

¿Cuál es la situación actual en Vigo para dar salida a todos estos casos hipotecarios? Las nuevas demandas se reparten ahora entre todos los juzgados de Primera Instancia. Pero el atasco aún existente de procedimientos antiguos provoca que el de Primera Instancia número 14, el que en su día los asumió en exclusiva, continúe exento del reparto de asuntos ordinarios para resolver todos esos litigios que se acumulan en sus estanterías. Y así seguirá al menos hasta el 31 de marzo de 2023, según se acordó en una reciente junta sectorial de jueces. A mayores, continúa trabajando también en esa bolsa de procedimientos pendientes el 14 bis, en este caso con dos magistrados dedicados a reducir el colapso. El cuarto juez que había dedicado a esta labor, en comisión de servicio sin relevación de funciones, ya no está al eliminarse por parte del Ministerio de Justicia la medida de refuerzo, aunque desde los juzgados vigueses ha vuelto a ser solicitada.

Evolución

El mayor aluvión de pleitos de cláusulas suelo se produjo en los años justamente posteriores a la sentencia del TJUE: concretamente en 2017, cuando en apenas medio año entraron un récord de 2.640 asuntos, y en 2018, ejercicio en el que se contabilizó una cifra muy similar al registrarse 2.588. Tras un bajón en 2019 y en 2020, en este último caso a causa del COVID-19 y la parálisis judicial que trajo consigo, estos litigios volvieron a repuntar en 2021, cuando de nuevo se superó la barrera de los 2.000 pleitos. En lo relativo a este 2022, desde enero a septiembre se contabilizaron casi un millar de asuntos. Aún colean demandas que versan sobre cláusulas suelo, pero entre las más frecuentes ahora están las que reclaman los gastos hipotecarios de notaría, registro o gestoría.

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Una de las características de las demandas de cláusulas suelo es que, en la gran mayoría de los casos, los jueces han dado la razón a los afectados. Poco a poco, con el paso de los años, la jurisprudencia relativa a esta materia se ha ido aclarando y son pocas las sentencias en las que, judicialmente hablando, hay criterios dispares. Pero, de vez en cuando, surgen procedimientos en los que se plasman dictámenes totalmente contrarios. Un claro ejemplo de ello es una reciente resolución dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que revoca otra emitida previamente por el Juzgado de Primera Instancia 14 de Vigo. La clave del litigio fue la consideración o no de consumidor del demandante: para el juzgado olívico sí lo era, pero el órgano provincial no lo ve así.

El juzgado vigués estimó la demanda y declaró nulas, entre otras, la cláusula suelo y la de gastos de una escritura de novación modificativa de un préstamo hipotecario, condenando al banco a restituir al cliente más de 4.000 euros. El demandante argumentaba que aunque el destino del préstamo era la compra de un local comercial, la adquisición se hacía como inversión personal y el inmueble, además, no estaba relacionado con su actividad empresarial, la hostelería. El primer juez le dio la razón, pero no la Audiencia, que estima el recurso de la entidad bancaria y revoca la sentencia inicial: ve probado que el local fue destinado a una actividad comercial y el préstamo, por tanto, fue ajeno a una finalidad de consumo.

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