El TSXG avala los exámenes virtuales que se realizaron en la UVigo debido el COVID

Los jueces concluyen que la situación “inédita” de “pandemia mundial” justificó la medida y que, como en la educativa, hubo “incidencias y dificultades” en todas las administraciones

La pandemia vació las aulas de la Universidad de Vigo. |   // MARTA G. BREA

La pandemia vació las aulas de la Universidad de Vigo. | // MARTA G. BREA / m. fontán

Marta Fontán

Marta Fontán

El litigio promovido por un profesor titular de derecho civil destinado en la Facultad de Derecho del campus de Ourense de la Universidad de Vigo ha llevado al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a valorar la particular e inédita situación que se produjo en la institución educativa a consecuencia del COVID.

La suspensión de la actividad educativa presencial dio lugar, en el curso académico 2019/2020, a que, a raíz de la declaración del estado de alarma en marzo de 2020, se impusiese la docencia virtual y que los exámenes tuviesen que realizarse también de esta forma.

En su demanda, el docente que impulsó este pleito enumeró toda una serie de “incidencias” relacionadas tanto con las clases como con las evaluaciones finales que hubo que realizar de forma online, pero un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo primero y el TSXG ahora rechazan todos sus alegatos.

“Lo que existió fue una situación de pandemia mundial que supuso una quiebra de la realidad conocida hasta ese momento”, afirman los magistrados, indicando que, en esta situación “inédita”, aunque en todos los ámbitos, incluido el universitario, hubo “incidencias” relacionadas con los sistemas informáticos, éstas fueron solucionadas “con mayor o menor dificultad”.

Concretamente, el recurrente, Fernando de Franco Paz, dirigió su recurso contencioso-administrativo contra la resolución rectoral de 14 de abril de 2020, suscrita por el rector de la Universidad de Vigo, y en la que se decidió que la evaluación continua y las evaluaciones finales correspondientes a dicho curso académico se desarrollarían de forma virtual. El profesor del campus ourensano alegó que, utilizando las herramientas de docencia virtual proporcionadas por la institución, tuvo “incidencias” como tener que repetir clases o tener que entrar y salir del aula virtual porque los alumnos escuchaban de forma “entrecortada” .

Sobre los exámenes finales hechos también telemáticamente, argumentó que los medios técnicos ni garantizaba la “identidad” de los estudiantes ni impedían que contasen con “ayudas externas” más allá de sus propios conocimientos. Según su experiencia en las evaluaciones de mayo de 2020, la mayoría de universitarios no activaron las cámaras de sus ordenadores y, entre otras cuestiones, al corregir los exámenes se topó con algunos en los que los artículos del Código Civil “figuraban de manera literal, incluyendo los signos de puntuación” u otros pertenecientes a distintos alumnos “que contenían las mismas contestaciones, con total coincidencia en la redacción de éstas”, lo que le levantó “dudas razonables” sobre la “correcta actuación” de dichos estudiantes.

Por ahora el recurso no ha prosperado. La primera sala en la que recayó fue en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Vigo, que, en una sentencia dictada en septiembre de 2021, concluye que la resolución rectoral no supuso “ninguna vulneración de derechos”, teniendo en cuenta la “excepcionalidad” de su aplicación dada la situación de pandemia que determinó la declaración del estado de alarma y que se prolongó durante todo ese curso. Tras destacar el “esfuerzo” que supuso para la comunidad educativa el sistema de docencia virtual, el magistrado resume que aunque pudo haber “ciertas dificultades técnicas”, no consta que las mismas “no hubiesen sido solventadas”.

Apelación

Tras esa sentencia, el profesor presentó recurso de apelación ante el TSXG, que acaba de confirmar los argumentos del juez vigués aunque deja sin efecto las costas que se le impusieron al demandante en primera instancia. Los magistrados del alto tribunal gallego también citan la inédita situación a la que dio lugar la pandemia y que obligó a adoptar medidas excepcionales que, en todos los ámbitos, incluido el universitario, “no escaparon a dificultades y, en ciertos casos, a decisiones con un alto grado de improvisación”.

Sobre el caso concreto de la docencia virtual en la UVigo, consideran que, como en otras administraciones públicas, los programas informáticos facilitados presentaron incidencias que se fueron solventando “con mayor o menor dificultad”. Y en relación con los exámenes, responden al recurrente que, como profesor titular, él mismo “pudo establecer la mejor forma de celebrarlos y de garantizar la identidad de los alumnos” . La resolución rectoral, concluyen, no exigía que tuviese que examinar a todos a la vez y, además, pudo no haber examinado a aquellos que manifestaron que no les funcionaba la cámara y que no podían verificar su identidad.

Fernando de Franco. |   // I. OSORIO

El profesor Fernando de Franco / I. Osorio

El profesor que pleiteó: “Un aprobado general hubiese sido más digno que todo ese teatro”

El profesor que promovió este litigio, Fernando de Franco Paz, está dispuesto a llegar hasta el final y ya tiene claro que recurrirá ante el Tribunal Supremo. A su juicio, los medios técnicos existentes no solo en la Universidad de Vigo, sino en general en toda España, no servían para hacer exámenes virtuales con todas las garantías. “Un aprobado general hubiese sido más digno que todo ese teatro”, afirma, señalando que, en su caso, se encontró con cuestiones tan sospechosas como exámenes que eran “clavados” unos a otros. “Pero [a la hora de evaluar] me tuve que atener a lo que me presentaban, no podía demostrar nada; te hacen cómplice de una farsa”, añade. “Se dio la circunstancia de que nosotros seguíamos examinando a distancia cuando empezaba a haber gente en las cafeterías; lo mejor hubiese sido optar por otras opciones, como aplazar los exámenes para hacerlos presencialmente”, considera.

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