Uno de cada tres menores condenados el año pasado ya era reincidente
La libertad vigilada es la medida más impuesta por el juzgado de Menores en la provincia | Delitos de lesiones, amenazas y robos, los más comunes
e.v.
Tras una caída generalizada de la delincuencia en la pandemia, los índices de criminalidad vuelven a situarse en los estándares habituales, e incluso atendiendo a delitos según qué naturaleza, se han incluso incrementado. Esta situación no es exenta a los menores de edad, concretamente jóvenes de entre 14 y 17 años –los menores de esa edad no tienen responsabilidad penal–, que si bien no se rigen por el régimen jurídico ordinario, el Código Penal, sí cuentan con una norma específica denominada Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores. Su objetivo no es tanto el de castigar, sino el de reeducar y reintegrar al menor en la sociedad.
Pero no siempre esto ocurre y de forma sensiblemente frecuente, un menor penado con medidas judiciales vuelve a tener que ser juzgado. Y es que según la última memoria de la Consellería de Política Social correspondiente al año 2021, de los 475 menores afectados por estas medidas, un total de 338 eran dados de alta por primera vez en la aplicación MENOR (Gestión de Menores Infractores), por lo que los 135 restantes eran reincidentes.
La cifra es sensiblemente superior a la registrada el año anterior, cuando el 66% de los adolescentes eran dados de alta por primera vez frente al 71% actual.
¿Y cuáles son estos delitos o faltas cometidos? Sin duda, las lesiones, amenazas y robos con violencia son los que generan mayor número de medidas. Le siguen de cerca los casos de violencia doméstica, previsiblemente malos tratos hacia los padres o abuelos.
Fuentes policiales explican que, especialmente en los robos, destacan la presencia de bandas delictivas que captan en sus filas a menores de edad para que, una vez son descubiertos, los culpabilicen de los hechos ya que las sanciones que les pueden imponer son mucho más laxas.
Los castigos o medidas judiciales impuestas por el Juzgado de Menores de Pontevedra –es el que regula todos los casos de menores en la provincia– tienen esta función rehabilitadora por lo que distan sustancialmente de las penas en el caso de los adultos. Así, los magistrados son proclives a la interposición de la medida de libertad vigilada, notificada en un centenar de casos a lo largo del año pasado en Vigo otros puntos de la provincia.
Esta medida consiste en que la persona menor está sometida, durante el tiempo establecido en sentencia, a un seguimiento de su actividad, de su asistencia al colegio, centro de formación o lugar de trabajo, según los casos, procurando que adquiera las habilidades, capacidades y actitudes necesarias que le permitan superar los móviles de la infracción cometida. La persona sometida la esta medida queda obligada a mantener con el profesional responsable de la ejecución las entrevistas establecidas y a cumplir las reglas de conducta impuestas por el juez en la sentencia.
Le siguen las tareas socioeducativas con 31 sentencias y los tratamientos ambulatorios, de salud mental o incluso drogodependencias, con 11 fallos.
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