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Los registros de morosos centran las demandas de Fiscalía en materia de consumo

El fiscal Alejandro Tuero, en su despacho. | // PABLO HERNÁNDEZ GAMARRA

Es fácil –y casi inherente– relacionar a la Fiscalía con procedimientos penales, pero la intervención del Ministerio Público va más allá, y dispone legitimamente de un papel protagonista para actuar en defensa de los intereses colectivos de los consumidores. Al frente de esta labor en la Fiscalía de Pontevedra se encuentra el fiscal Alejandro Tuero, quien encabezó, entre otras muchas, la acción colectiva por la falta de prestación de servicio por las colas de la AP-9 con motivo de las obras de Rande.

Registro de morosos

Tuero explica que si bien las reclamaciones contra eléctricas o la banca son la que comúnmente centran el derecho de consumo, las materias que copan las demandas que a diario pasan por su despacho son múltiples, y hay una que, a su juicio, merece de un especial tratamiento: la inclusión de usuarios o clientes en los registros de morosos.

Práctica abusiva

Para el fiscal especializado en materia de consumo, estas listas o registros tipo ASNEF tienen la finalidad de “aportar o comprobar la solvencia de un particular o empresa en una operación arriesgada”, sin embargo, aprecia como cada vez con más frecuencia son empleados “como método de presión” para conseguir que los consumidores paguen alguna factura o recargo no abonado. “No está diseñado para eso, y en los procedimientos civiles lo que se busca es resarcir al cliente por los daños morales de estar incluido en un registro de morosos, porque te obliga a dar explicaciones cuando en ningún momento tendrías que estar incluido por el impago de una factura. Nosotros apreciamos esta práctica como fraudulenta y es como vamos a dirigir nuestros procedimientos”, puntualiza Tuero.

Multitud de reclamaciones

Y es que no se trata ni una ni dos las demandas que tiene sobre la mesa respecto al uso que dan muchas compañías a estos registros de moroso. “Pretendemos que la inclusión de un cliente por un impago sea declarado como abusivo, es una avalancha las reclamaciones que hay”, precisa el fiscal, quien además aporta una clarificadora paradoja sobre la inclusión de un cliente que ha venido pagando sus facturas regularmente. “El hecho de que haya pagado siempre hasta el momento demuestra que no es una persona insolvente, que es para lo que están diseñados los registros”, aclara.

Junto a estas demandas, destaca Alejandro Tuero, otras en las que ha trabajado relativas a cláusulas abusivas en la venta de entradas, publicidad sexista, publicidad engañosa, etc. Sin ir mas lejos, el Juzgado de lo Mercantil 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, estimó íntegramente una demanda dirigida por la Fiscalía contra una empresa de la ciudad viguesa que vendía como patinetes eléctricos aparatos que eran equiparables a motos, y que no se podían legalizar. “La mayoría de las reclamaciones que nos llegan acaban en vía penal, son comisión de delitos y no prácticas abusivas. Pero en este caso se le estaba facilitando una información engañosa al consumidor, lo que iba a comprar no se correspondía con el producto. Por vía penal aquí no tendría encaje porque había que probar el dolo, y la tienda solo las vendía, no las fabricaba”, esgrime Tuero.

Interés público

El objetivo de estas demandas en materia de consumo es procurar un interés público y no particular, por lo que el fin último no es el resarcimiento de un afectado, explica el fiscal, sino “los efectos posteriores que tendrá en el conjunto de la sociedad”. Pero para ello es fundamental el conocimiento de esta función por parte de los ciudadanos. “Para muchos es desconocida esta posibilidad de acudir a la Fiscalía por abusos en consumo, es más, los propios fiscales lo desconocen. Por eso, para la nueva promoción de fiscales hemos abordado el tema. Y luego está el tema de la cuantía, que muchos consumidores no demandan si se trata de una cantidad muy pequeña, pero no deja de ser un abuso por parte de la empresa que puede llegar a afectar a cientos o miles de clientes”, dice.

Primera demanda

Para ejemplificar este argumento, Tuero se retrotrae a la primera demanda que se interpuso y se ganó. Se dirigió contra una eléctrica que cobraba dos euros más a los clientes que no tenían domiciliado el pago de sus facturas. “No hubo ninguna modificación contractual, sino que de repente al cliente le llegó un recargo por un concepto que creíamos abusivo. Y lo fue. ¿El problema? O muy pocos se dieron cuenta de la subida, o los que la detectaron piensan que está bien cobrado, o no conocen la normativa eléctrica. ¿Quién se va a meter en un juicio por dos euros? No lo ven rentable, pero es importante ponerlo en conocimiento de la Fiscalía. Puede generar un efecto cadena para que otras empresas no cometan estas prácticas abusivas”, sentencia Alejando Tuero.

Competencia desleal

Y es que destaca el fiscal que proteger a los consumidores “favorece a la empresa”. “Se evita la competencia desleal, que una empresa pueda obtener con prácticas fraudulentas mayores beneficios y estar en mejores condiciones que otra que cumple con la normativa” , concluye.

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