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El jurado declara a Miguel Gil culpable de asesinato en un contundente veredicto

Tras solo cinco horas de deliberación, una de las más rápidas que se recuerdan en Vigo, el tribunal popular concluye que abatió a su hermana y a su sobrina de forma “sorpresiva”

El acusado, Miguel Gil Rodríguez, ayer, tras conocer el veredicto en su contra. | JOSÉ LORES

El jurado lo tuvo clarísimo. Tanto que la deliberación, una de las más rápidas que se recuerdan en Vigo, solo duró cinco horas. El tribunal popular declaró ayer culpable de doble asesinato por unanimidad al vecino de Soutomaior que mató a tiros a su hermana y a su sobrina, unos hechos que ocurrieron el 21 de agosto de 2020 en la chabola próxima al monte en la que este hombre residía en la localidad pontevedresa. El veredicto fue contundente y se decantó por la tesis más desfavorable para Miguel Gil Rodríguez, la que sostenían las tres acusaciones particulares personadas en la causa. El jurado concluyó que actuó con alevosía, que no existió legítima defensa alguna y rechazó, por mayoría, beneficiarle con la circunstancia atenuante de confesión que planteaba la Fiscalía: si confesó fue porque no le quedó “más remedio” ya que las pruebas contra él eran “evidentes”.

Tras las tres jornadas de juicio celebradas en la Audiencia de Vigo, los nueve miembros del jurado –siete hombres y dos mujeres– comenzaban a deliberar al filo de las doce del mediodía de ayer. Y a las cinco de la tarde el veredicto ya estaba perfilado. El tribunal, según leyó después la portavoz en la vista celebrada con la presencia del acusado, declaró a Miguel Gil culpable de dos delitos de asesinato con alevosía –y con agravante de parentesco– y de otro de tenencia ilícita de armas. Rechazaron la atenuante de confesión y las eximentes por las que peleó la defensa: las de legítima defensa y miedo insuperable.

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La declaración del acusado, las pruebas testificales, los análisis periciales y el informe forense fueron claves para armar el veredicto. Genoveva, de 62 años, y Noelia, de 26, fueron aquel día de agosto a la chabola de Miguel a buscar unas escaleras que faltaban de su finca. El jurado considera que aunque las víctimas ya habían recuperado dicha pertenencia –que apareció en la zona exterior–, su familiar les disparó con una pistola semiautomática cuando aún seguían allí, en la zona sin techar de la casa. El hombre salió del interior de la vivienda y les asestó un tiro a cada una, matándolas en el acto. Lo hizo a una distancia “muy corta” y de forma “sorpresiva” para las mujeres, que ignoraban que el acusado tuviese una pistola. Una de ellas, Genoveva, trató de huir sin éxito: el disparo le alcanzó en el lateral de su cuerpo.

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La versión exculpatoria del ya culpable era que las mujeres habían entrado en su casa armadas con un machete y un sacho con el que lo atacaron. Pero el jurado descarta que las víctimas llegasen allí provistas de estos aperos de labranza, ya que sus allegados no los identificaron como suyos. Tampoco ve probado que las fallecidas tuvieran intención de matar a Miguel ni que se abalanzasen sobre él con dichas herramientas. Los ligeros rasguños que tenía el hombre no son compatibles con estos instrumentos cortantes. No hubo, por tanto, ninguna “agresión ilegítima” que respalde la legítima defensa alegada.

El tribunal rechazó, por mayoría de ocho contra uno, la atenuante de confesión. Miguel admitió lo ocurrido ante dos vecinos y pidió que llamasen a la Guardia Civil. Pero lo hizo, concluye el jurado, porque no le quedó “más remedio”. Las pruebas eran aplastantes. Su colaboración con las autoridades tampoco fue correcta: “ocultó” el arma y hay indicios de que “manipuló” el escenario del crimen.

Las acusaciones piden hasta 52 años de cárcel y la defensa insiste en la absolución


Tras este veredicto ahora será el turno para que el magistrado presidente dicte la sentencia concretando la pena de prisión y las responsabilidades civiles. Ayer mismo, después de leerse el dictamen, hubo una segunda vista en la que las partes, a la vista de la decisión del jurado, formularon sus peticiones definitivas. La fiscal solicitaba inicialmente 44 años de prisión, pero al no contemplar el tribunal la atenuante de confesión que planteaba, elevó la petición a 47 años. Interesa además casi 300.000 euros en indemnizaciones para los familiares de las víctimas. Las acusaciones particulares demandan 52 años de cárcel ya que plantean la condena máxima por cada delito de asesinato. La defensa, pese al contundente dictamen, insistió en pedir la libre absolución por los crímenes y solo un año de cárcel por la tenencia ilícita de armas. “Estamos muy satisfechos con el veredicto y con el hecho de que no se haya apreciado la atenuante de confesión”, valoró el abogado Antonio Heredero. Otro de los letrados de la acusación, Brais Torreiro, añadió que el dictamen del jurado “está muy bien fundamentado”. El tribunal rechazó el beneficio del indulto y remarcó que las patologías que sufría el acusado ni le impidieron cometer los asesinatos ni conocer las consecuencias de tales hechos. El magistrado dio las gracias al jurado por la “rapidez” en su veredicto y por el “interés” mostrado. Contra la sentencia que se dicte cabrá recurso.

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