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Aparcar en el mismo sitio o tirar la caca del perro a la papelera: ¿qué está prohibido hacer en Vigo?

Las ordenanzas municipales esconden curiosidades que pueden suponer multas de hasta miles de euros

No mover el coche durante más de dos días, depositar los excrementos perrunos fuera de los contenedores u orinar en la playa son algunas de las prácticas que se deben evitar en la ciudad. Marta G. Brea | Gustavo Santos

Algunas en pesetas y de hace más de 20 años, las ordenanzas del Concello de Vigo esconden curiosidades que se pueden traducir en multas. En prácticamente todos los ámbitos figuran prohibiciones que se escapan al imaginario colectivo, ya sean aplicadas a la circulación en carretera, al paseo de los animales o, incluso, a los taxistas. Pero ¿de verdad se aplican?

¿Dónde tirar la ‘caca’ del perro?

Una de las singularidades más llamativas de este conjunto de normas locales se halla en la Ordenanza para a Protección e Tenencia de Animais, del año 2000. En ella, se especifica que “las deposiciones” de lo perros “serán recogidas por sus propietarios” y que se colocarán “de forma higiénicamente aceptable” en los “contenedores de basura o en los lugares que la autoridad municipal destine expresamente para el efecto”. Y esto último es lo importante, ya que se excluyen las papeleras como lugar donde dejar los excrementos: “Queda prohibido depositarlos en papeleras públicas o en las entradas de red de los sumideros”, precisa la regla.

Punto en el que se explica la prohibición.

Las multas por obviar este imperativo, según la teoría, pueden ir “de 25.000 a 50.000 pesetas”, es decir, desde los 150 euros a los 300, aunque en el documento vigente todavía constan las sanciones en la antigua moneda.

Cuidado con estacionar el coche en la calle y con cómo hacerlo

¿Aparcar en una calle de Vigo -sin ser de zona azul- siempre sale gratis? Una práctica que, a priori, semeja legítima, podría acarrear, sobre el papel, hasta 90 euros de punición: estacionar “en un mismo lugar durante más de dos días”. Así lo indica la Ordenanza Xeral de Circulación, que data del año 1993. Si el coche permanece más de 15 días inmóvil, se considerará entonces abandonado.

La misma pena económica recae sobre otra de las grandes rarezas que se agazapan entre las vetustas letras de la citada ordenanza: “Los vehículos se colocarán a 15 centímetros del bordillo” a la hora de aparcar. La razón, “para permitir la limpieza de la calzada”. Que levante la mano quien lo haya cumplido en algún momento con conocimiento pleno de la disposición.

También deben sacar la cinta métrica los conductores de motocicletas y ciclomotores a la hora de estacionar. De no existir un espacio propio para ello, tendrán que hacerlo en fila y a menos de 50 centímetros del bordillo; y si deciden hacerlo en la acera, es obligatorio bajarse de la moto y transportarla hasta el punto de estacionamiento a pie con el motor apagado -con la excepción de si necesitan salvar es desnivel de la vía pedestre-.

Con todo, la práctica dista ampliamente de la teoría. Fuentes policiales admiten que no se vigila a pies juntillas el cumplimiento de estos puntos. En el caso de los motoristas, tan solo son advertidos si realizan un trayecto largo sobre la acera. En cuanto a superar las 48 horas de estacionamiento sin mudar de lugar, explican que es un imperativo muy antiguo que, en realidad, sirve de amparo legal en caso de precisar llevarse el coche por motivos de abandono sin necesidad de que esté en situación de residuo -sin capacidad para moverse debido a la falta de ruedas o motor, por ejemplo-.

 

Los peatones circulan por López Mora, en el entorno de Praza América, en medio de una lluvia de verano. MARTA G. BREA

¿Por qué lado de la acera caminar?

El consistorio vigués recomienda también en su reglamento de circulación que los peatones avancen por las aceras “guardando preferentemente su derecha”, siguiendo la lógica de los vehículos. Sin embargo, curiosamente, la Dirección General de Tráfico (DGT) insta a que los viandantes transiten “siempre por el centro de las aceras, ni muy pegados al borde de la calzada, para evitar ser atropellados por algún vehículo, ni muy pegados a las casas, por si hubiera entradas o salidas de garajes”. Ambas posturas guardan su racionalidad, aunque la segunda se antoja más complicada en lugares concurridos.

El consistorio vigués recomienda que los peatones avancen por las aceras “guardando preferentemente su derecha”. Sin embargo, curiosamente, la DGT insta a que los viandantes transiten “siempre por el centro de las aceras"

La DGT advierte, además, de la prohibición de caminar “por el bordillo” e “invadir la calzada” de forma general. En el supuesto de que la calle no cuente con acera o “existiese algún obstáculo y fuera totalmente imprescindible pasar por ese tramo”, es imprescindible “circular lo más pegado posible a la pared y a ser posible de cara al tráfico” con la finalidad de “ver de frente a los vehículos que se aproximan”.

Entrar al portal bajo la mirada del taxista

Tan solo en algunos municipios de España es obligatorio que los taxistas aguarden atentamente a que su cliente entre en el portal a salvo “si así se lo piden”. Entre ellos, Vigo -también Bilbao, por ejemplo-. A finales de marzo entró en vigor en la ciudad olívica esta norma al abrigo de la actualización de la Ordenanza Municipal Reguladora do Servizo de Taxi. La omisión del presente deber podría conllevar una castigo económico de hasta 400 euros.

Este nuevo decreto local, además, facilita el pago del servicio con billetes de 50 euros, permite la elección entre lo dos primeros vehículos de la fila e instaura el modelo del taxi compartido.

Hasta 1.500 por usar el claxon para saludar

En este punto, tanto la DGT como el Concello de Vigo equiparan su criterio: tan solo se puede hacer “uso de bocinas o cualquier otra señal acústica dentro del núcleo urbano” en el caso de “inminente peligro de atropello o colisión”. También se exceptúan de la prohibición la policía, los bomberos y las ambulancias, así como los “servicios privados para el auxilio urgente de personas”. Desde 601 euros a 1.500 euros ascienden las penas económicas para quienes violen esta ley, según reza la Ordenanza Municipal de Protección do Medio contra a Contaminación Acústica Producida pola Emisión de Ruidos e Vibracións, vigente desde hace 14 años.

Idénticas cuantías se adoptan para otras perturbaciones atronadoras como “forzar las marchas de los vehículos” con el fin de practicar “acelerones innecesarios” o llevar el motor al límite “en pendientes”.

  • Prohibiciones acústicas desde las 22.00 h hasta las 8.00 h Uso de electrodomésticos Utilización de la televisión, la radio e instrumentos musicales Barullo de animales de compañía "El tono excesivamente alto de la voz humana y la actividad directa de las personas" como "cantar, gritar, vociferar o realizar trabajos de reparación doméstica, bricolaje, etc."

Con la esperpéntica subida del precio de la luz, una multitud de hogares han sopesado la opción de, por ejemplo, poner la lavadora en las horas más baratas. ¿Y si coincide que las franjas más económicas son ya por la noche? Puede ser peor el remedio que la enfermedad. La normativa local mantiene su bloque de desconexión nocturnal desde las 22.00 horas hasta las 8.00 horas, en otras urbes el comienzo se establece a las 21.00 horas. Durante este tiempo, el oído policial es, si cabe, más afinado, para “el uso de electrodomésticos”; la utilización de la televisión, la radio e instrumentos musicales; el barullo de animales de compañía; “el tono excesivamente alto de la voz humana y la actividad directa de las personas” como “cantar, gritar, vociferar o realizar trabajos de reparación doméstica, bricolaje, etc.”. Las sanciones monetarias son análogas a las últimas mencionadas.

Entre los documentos consistoriales, se topan asimismo otros impedimentos curiosos como el de “timbrar indiscriminadamente en los portales de los edificios de manera que se impida el descanso nocturno”, según recoge en esta ocasión la Ordenanza Municipal Reguladora da Convivencia Cidadá e o Ocio, del 2009. La broma tiene un coste de entre 300 y 750 euros.

¿Se puede orinar en el mar?

Con los primeros baños del año, llegan las dudas. Una acción que en principio semeja peccata minuta como es la de orinar en el agua del mar en una playa -también defecar- sí está condenado: supone una falta leve que comporta hasta 750 euros de reprimenda, a tenor de lo dictado por la Ordenanza Reguladora do Uso e Desfrute das Praias, del 2021. Las mismas fuentes consultadas asumen la imposibilidad de controlar este precepto, el cual apela a la responsabilidad de cada bañista.

  • Cosas de Perogrullo (y no tanto) que están prohibidas en las playas de Vigo

    ¿Se pueden hacer castillos en la arena? ¿Y nudismo? ¿Qué pasa si pescamos o jugamos a las palas? Y si tenemos ganas de miccionar, ¿podemos hacerlo en el mar?

Esta misma regulación, finalmente, cita otras prácticas no tan ortodoxas, las cuales veda con sanciones de igual montante, como “lavarse en el mar o en la playa utilizando jabón, gel, champú o cualquier otro producto similar” o “limpiar en la arena de la playa o en el agua del mar los instrumentos de cocinar o los recipientes empleados para portar alimentos u otras materias orgánicas”. 

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