La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha suspendido la ejecución de la pena de prisión impuesta al ex alto funcionario municipal condenado en el caso del enchufe de la cuñada de Carmela Silva mientras se tramita el indulto instado por el penado, que ya está jubilado. En este procedimiento hay un segundo condenado, Ramón C.A., gerente de una concesionaria: en este caso, al ser la pena inferior a dos años de cárcel –concretamente de un año y medio–, se le suspende el ingreso en prisión –ya no deberá entrar– con la condición de que no delinca durante dos años.

En el caso del exfuncionario del Concello, que ha solicitado un indulto parcial, su caso supera el límite de 4 años que tiene como criterio la sala viguesa para conceder la suspensión de la ejecución de la pena durante la tramitación de las peticiones de indulto. Tras razonar que concederle la suspensión pudiera ser valorado como “discriminatoria” ya que su condena “rebasa ampliamente ese límite”, los magistrados afirman que en su caso “concurren circunstancias concretas” que deben ser valoradas a su favor.

Así, se valora para concederle dicha suspensión a la espera de lo que se decida sobre la medida de gracia solicitada, que abonó “personalmente” la responsabilidad civil siendo ésta una “cantidad elevada” –algo más de 54.000 euros–, que no tiene antecedentes penales y que el encarcelamiento, de prosperar el indulto, “podría tener un efecto más bien disocializador”. En todo caso, concluyen, “no cuestionamos que son unos hechos que causan grave quebranto al actuar de la Administración, [...] que se ve puesta en tela de juicio con hechos que, desgraciadamente, no suelen ser extraños en nuestra realidad social”.