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Los comuneros instan a la Xunta el alquiler o expropiación del monte que ocupan 3 centros y un geriátrico

El TSXG dio la razón a Lavadores sobre la regularización del suelo tras la negativa de la Xunta | Abarcan 14,8 hectáreas de terreno

Los terrenos que albergan el geriátrico (izq.) y el CIFP Manuel Antonio (der.) | // RICARDO GROBAS

Ocurrió anteriormente con los terrenos de Aena en Peinador o los del campo de golf del Aeroclub; y ahora serán las parcelas que acogen el CIFP Manuel Antonio, el CEE Saladino Cortizo, el IES Carlos Casares y la residencia de la tercera edad del Meixoeiro. Las comunidades de Montes de Cabral y Lavadores, respectivamente, instaron a través de una demanda ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a la Xunta la regularización del suelo que ocupan estas instalaciones educativas y sanitarias tras la firmeza de las sentencias que les otorgaban su propiedad.

El último de estos fallos, que está pendiente de auto de aclaración, está fechado a finales de noviembre. En él, los comuneros de Santa Cristina de Lavadores, representados por la letrada María Luisa López, del despacho Calixto Escáriz, presentaron un recurso contra la denegación de la regularización de una superficie de 113.524 metros cuadrados de monte, ocupado “indebidamente”, por dos centros públicos. Su razonamiento se basa en la firmeza de la sentencia de Primera Instancia que reconoce la propiedad del suelo de la demandante, por ello reclamó a la Consellería de Cultura, Educación e Universidade la tramitación de un procedimiento de expropiación para regular dichas parcelas.

Sin embargo, la Xunta desestimó la solicitud alegando que el terreno fue “debidamente transferido por el Estado, por lo que la administración autonómica obró de buena fe, al tiempo que no se puede obligar a abonar el precio de tal terreno”. La abogada María Luisa López explica que si bien es cierto que el monte no se puede vender al tratarse de un bien “indivisible e inalienable”, sí existen otras formas de regularizarlo, como pueden ser la cesión por un determinado número de años, el pago de un canon por el arrendamiento o una expropiación, como se está haciendo por ejemplo con la ampliación de las instalaciones del IFEVI. “La sentencia no se pronuncia sobre la forma en la que se lleve a cabo esta regularización, que tendrá cabida en la ejecución de la misma. Pero sí otorga la razón a la Comunidad de Montes para que la Xunta inicie el procedimiento que corresponda para la regularización del suelo al quedar acreditada su propiedad”, esgrime López.

Así lo recoge la Sala de lo Contencioso del TSXG, que declara que los títulos jurídicos de los comuneros de Lavadores sobre estos terrenos “prevalecen” sobre los de “cualquiera administración, ya fuera local, autonómica o estatal”.

En este mismo proceso se encuentran los comuneros de Cabral respecto a los 13.165 m² del monte Gorxal y otra de 2,21 hectáreas del monte Bandeira en el que se asientan las instalaciones del IES Carlos Casares y CEE Saladino Cortizo.

En total, son 14,8 las hectáreas de monte las que se vería obligada a regularizar la Xunta, y por lo tanto, pagar por ellas de la forma que sea.

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