La custodia compartida ya se fija en el 40% de rupturas con hijos

Los jueces otorgaron este modelo de convivencia en 291 ocasiones en 2020 | “Hay que considerarlo normal, incluso deseable”, anotan

La custodia compartida ya se fija en el 40% de rupturas con hijos

La custodia compartida ya se fija en el 40% de rupturas con hijos

La custodia compartida ha dejado de ser una medida excepcional, sino que ya se valora por los magistrados como normal e incluso “deseable” porque “permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores”. Así lo resume en una reciente sentencia la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo.

Este razonamiento jurídico queda avalado por los datos estadísticos del INE relativos a las separaciones y divorcios en el municipio y otros puntos de la provincia: mientras en 2010, una década atrás, este régimen de convivencia solo representaba el 7% de los casos, en 2020, la cifra sube al 38,9% o lo que es lo mismo, la custodia compartida ya se fija en cuatro de cada diez rupturas con hijos.

En este mismo fallo se hace referencia numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la determinación a la hora de apostar por una custodia del menor para ambos progenitores –la sentencia de 17 de junio de 2020, la de 3 de abril de 2014 y la 25 de abril de 2014 –, si bien la sala viguesa suscribe los principales beneficios para el menor, objetivo siempre último de este modelo de convivencia: “Fomenta la integración del menor con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia, se evita el sentimiento de pérdida, no se cuestiona la idoneidad de los progenitores, y e estimula la cooperación de los padres, en beneficio del menor, que ya se ha venido desarrollando con eficiencia”, llegando a considerar este sistema como “preferente”, recoge el fallo de los magistrados de Vigo.

Evolución

de la custodia compartida

COMPARTIDA

MADRE

PADRE

2010

1.016

86

2010

2010

79

2015

836

155

2015

2015

61

2016

736

163

2016

2016

85

2017

713

167

2017

2017

78

2018

658

233

2018

2018

51

2019

532

257

2019

2019

51

2020

444

291

2020

2020

32

OTROS

2010

2015

2015

2017

2018

2019

2020

14

3

8

2

9

4

1

Fuente:

Datos del INE relativos a separaciones y divorcios en Vigo y resto de la provincia

Simón Espinosa

Evolución

de la custodia compartida

MADRE

2010

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836

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Fuente:

Datos del INE relativos a separaciones y divorcios en Vigo y resto de la provincia

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PADRE

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Simón Espinosa

Evolución

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MADRE

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4

1

Fuente:

Datos del INE relativos a separaciones y divorcios en Vigo y resto de la provincia

Simón Espinosa

Para ello, también resulta fundamental la exploración de los propios hijos, es decir, su declaración e intención respecto a sus padres. “Constituye un elemento relevante para la resolución judicial sobre el régimen de custodia la propia voluntad de los hijos”, se añade.

De igual modo, lejos de este sistema de custodia queda la mala o compleja relación de los padres, a la que también hace referencia la Audiencia: “Las relaciones entre los cónyuges por sí solas no son relevantes ni irrelevantes para determinar la guarda y custodia compartida. Solo se convierten en relevantes cuando afecten, perjudicándolo, al interés del menor”. Es más, en este caso concreto, a fecha de 7 de octubre, se incide incluso alusión a la apreciación del Equipo Psicosocial de los juzgados de Vigo que al mostrar “el padre un mayor descuido en la atención y cuidado cotidiano de los hijos”, proponer otorgar la custodia a la madre.

Sin embargo, la sala considera que estas “tareas y cuidados” de los menores son cubiertas por los abuelos paternos; por lo que accede a la custodia compartida para favorecer “la necesaria relación e integración de los mismos con ambos padres, así como con sus respectivas familias extensas”.

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