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El Concello vetará los patinetes en Beiramar, Gran Vía, Castelao, Antonio Palacios y Europa

La ordenanza municipal será aprobada en la Junta de Gobierno Local “próximamente”. Todas las claves para poder conducir los VMP.

Conductora de un patinete, este din de semana en calle Venezuela MARTA G. BREA

Regular el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), grupo en el que se encuentran los patinetes eléctricos, para que prime la seguridad vial. Es el objetivo que el Concello de Vigo tiene entre ceja y ceja y la razón por la que ya tiene al fuego la ordenanza reguladora. Su intención es marcar las directrices de un medio de transporte que gana peso con el paso del tiempo en el paradigma de la movilidad a la vez que completa y amplía la normativa estatal: la nueva Ley de Tráfico, que el Congreso de los Diputados aprobó a principios de este mes de diciembre y que entrará en vigor en marzo de 2022 –fija, entre otros aspectos, la obligatoriedad de llevar casco protector–.

“Queremos facilitar nuevas formas de movilidad”

Abel Caballero - Alcalde de Vigo

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Una de las grandes novedades: la ordenanza indica que existen una serie de vías que, por la intensidad del tráfico, se considerarán no seguras y, como consecuencia, se prohibirá la circulación a los VMP. Son Gran Vía, la avenida de Madrid –los carriles centrales–, la avenida de Castelao, la avenida de Europa, la avenida de Beiramar, la avenida de Clara Campoamor, la avenida Arquitecto Antonio Palacios y la avenida de Citroën.

  • El último patinazo del patinete eléctrico

Para dejarlo claro, la ordenanza municipal define qué son los VMP: vehículos con una o más ruedas que están dotados de una plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos capaces de alcanzar una velocidad entre 6 y 25 kilómetros por hora. Solo podrán estar equipados con asiento y con sistema de autoequilibrado. Quedan excluidos los de competición y los vehículos para personas con movilidad reducida. Aquellos que no alcancen los 6 km/h son considerados juguetes.

La edad mínima de uso es de 15 años

Entre los aspectos relativos al uso y circulación de los VMP por el término municipal de Vigo, el documento del Concello recoge que la edad mínima de uso es de 15 años, se debe mantener una distancia mínima de 1,5 metros con respecto a los peatones –si no hay seguridad para los peatones, el conductor tendrá que bajarse del VMP, apagarlo y empujarlo–, las tasas de alcohol y drogas serán las establecidas por las normas vigentes de tráfico –0,25 mg/l en aire espirado–, solo puede ser usado por una persona –es decir, se prohíbe viajar con acompañantes–, y no se podrá circular con auriculares conectados o aparatos reproductores de sonido, tampoco con teléfono móvil u otros sistemas de comunicación.

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La ordenanza del Concello olívico señala que no se permite que los VMP sean arrastrados por otros vehículos; deben circular por la calzada por el carril derecho y ocupar la parte central del mismo; tendrán que reducir la velocidad en los pasos para ciclistas; no podrán transportar animales u objetos que sobresalgan del vehículo; no podrán circular en paralelo; si tienen luces, deben usarlas, si no las tienen, no podrán circular entre las puesta y salida del sol o cuando las condiciones meteorológicas no sean favorables; y no podrán circular por aceras o zonas peatonales –en estos casos, deben bajarse del VMP, apagarlo y empujarlo–.

En el Casco Vello, Bouzas y calles con prioridad peatonal, no podrán superar los 10 km/h

En el Casco Vello alto y bajo, Bouzas y calles con prioridad peatonal, no podrán superar los 10 km/h y tendrán que reducir la velocidad hasta los 5 km/h al ir acercándose a los viandantes. La normativa que emana de la entidad de la Praza do Rei establece que los vehículos de movilidad personal podrán circular por carril-bici, pista-bici, sendas ciclables o aceras-bici, pero sin superar los 20 km/h. Por la calzada y ciclo-carril, la velocidad máxima será de 25 km/h. No se podrá circular por travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías que entren en la ciudad. También se pone la cruz a la circulación en túneles y pasos inferiores.

  • Los patinetes podrán circular por el carril bici, siempre con casco y sin auriculares

El Concello establece que estos vehículos sí podrán aparcar en los lugares destinados a bicicletas, pero no podrán atarse a farolas, señales, árboles o mobiliario urbano. Eso sí: aquellos que se destinen a actividades económicas tendrán que estacionar en los lugares que se les autorice por su actividad o concesión. Para la realización de cualquier actividad económica, incluyendo el alquiler, itinerarios turísticos, reparto de mercancías, etc., los VMP deberán contar con autorización administrativa del gobierno local para llevar a cabo dicha actividad.

La responsabilidad por infracciones es del autor, pero, dado que cabe la posibilidad de uso por menores de edad, los responsables, en estos casos, serán los progenitores, tutores o guardadores legales y, en el caso de actividades económicas, además del autor, el titular de las actividades. La futura norma recoge, como no podría ser de otra manera, el régimen de infracciones y sanciones.

Fuentes municipales avanzan que el documento municipal tiene que ser, en primer lugar, aprobado en la Junta de Gobierno Local con los pertinentes informes, paso que se prevé que se efectúe “próximamente”. Después, deberá superar el escollo de la aprobación inicial en el pleno del Concello, escalón previo al inicio del periodo de exposición pública, en el que se podrán presentar alegaciones. El punto final: la aprobación definitiva en el pleno. Su entrada en vigor será, en todo caso, a lo largo del primer semestre del nuevo ejercicio.

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