El Partido Popular de Vigo ha exigido este viernes a Carmela Silva, presidenta de las Diputación de Pontevedra y teniente de alcalde de la ciudad, que dé explicaciones por la condena de más de cinco años de cárcel, ratificada por el Tribunal Supremo, a un funcionario de Vigo por la contratación irregular en la concesionaria Imesapi de una cuñada de Silva.

"Cuando un funcionario está condenado a cinco años de prisión por malversación, prevaricación y falsedad documental es que detrás hay una mano coautora política, en este caso de un gobierno socialista municipal", ha dicho la número dos de los populares en Vigo, Teresa Egerique.

Carmela Silva tiene que dar explicaciones por estos hechos "porque son muy graves y porque en el gobierno de Vigo está instalada la corrupción y no lo podemos tolerar", ha añadido.

La Sala II del Tribunal Supremo confirmó ayer jueves la condena de 5 años y 3 meses de prisión que la sala quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede Vigo, impuso en febrero de 2019 a Francisco Javier G.O. por un delito continuado de prevaricación en concurso con los de malversación y falsedad documental, en relación con la contratación en la concesionaria Imesapi de la cuñada de Silva.

El alto tribunal ratificó también la condena a Ramón Comesaña Alonso, administrador de Imesapi, por los mismos delitos pero en condición de cooperador necesario para su comisión a la pena de un año y seis meses de prisión.

"Nos encontramos ante una pluralidad de acciones ejecutadas de común acuerdo por ambos acusados con idéntico propósito, como era beneficiar económicamente a Vanesa Falque -la cuñada de Carmela Silva- a costa de fondos del Concello bajo la forma de retribuciones mensuales por unos trabajos que no había realizado", señala la sentencia.

Ambos acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al ayuntamiento de Vigo en la suma de 108.147,22, más los intereses procesales, con declaración de responsabilidad civil subsididaria de Imesapi.

Hechos probados

El Supremo ha relatado los hechos probados recogidos en la sentencia recurrida, que detalló que Francisco Javier G.O., que ostentaba la función de jefe de Participación y Atención Ciudadana en el Ayuntamiento, "vino a participar en un plan que tenía para su contratación, de una forma oculta, y al margen de los sistemas legales de oferta pública de empleo" a una cuñada de Silva para "beneficiar económicamente" a la misma. En concreto, la Audiencia vio probado que se adjudicaron encuestas a la concesionaria para pagar la nómina de esa trabajadora.

Para ello, relató que este funcionario "vino a contar con la colaboración" del gerente de Imesapi y "la cobertura que suponía la entidad". Así, señaló que esta empresa "mantenía relaciones habituales con el ayuntamiento", lo que "iba a permitir que no se pusieran trabas a las reclamaciones económicas que por ésta se podían hacer".

Decisiones "injustas y arbitrarias"

El TS ha afirmado que "las decisiones adoptadas fueron injustas y arbitrarias" porque mediante ellas "se benefició económicamente" a la cuñada de Silva, "determinando el abono a costa de fondos del Ayuntamiento de una retribución mensual a su favor por unos trabajos que no realizó". Para ello, ha destacado que "se tramitaron nueve expedientes administrativos relativos a los nueve contratos menores que se celebraron con Imesapi".

Además, ha concluido que el funcionario "era consciente de los defectos insubsanables con los que contaban las decisiones a través de las cuales se llevó a efecto la contratación" de la cuñada de Silva, que se realizó "de forma oculta y al margen de los sistemas legales de oferta pública de empleo". También ha recordado que "se fraccionaron los servicios contratados con Imesapi en nueve contratos menores a fin de evitar las formalidades y controles legales".

El Supremo ha considerado que "no es apreciable indefensión alguna como consecuencia de la aportación de la documental". Del mismo modo, ha ratificado que los hechos juzgados suponen un "delito continuado" porque, aunque "se trataba de un único plan", éste "se llevó a cabo a través de acciones homogéneas plurales y prolongadas en el tiempo" entre 2008 y 2013 y "en todas ellas infringieron idénticos preceptos penales".

Adicionalmente, ha apuntado que resulta "indiferente" que "fuera G.O. quien realizara materialmente los documentos falsos" o que lo hiciera el segundo acusado bajo sus indicaciones, "cuando de lo que no cabe duda" es de que el funcionario fue "quien ideó el plan que llevaría al desplazamiento de dinero municipal" a favor de la cuñada de Silva, "aparentando la realización de unos trabajos a través de Imesapi que no fueron realizados por ésta". También ha descartado que el administrador de la entidad "careciera de conciencia sobre la antijuridicidad de su conducta"