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Los abogados tramitan ya recursos para reclamar la plusvalía

Los abogados tramitan ya los recursos para reclamar la plusva

Todavía se desconoce el alcance completo de la sentencia del Tribunal Constitucional que anula el impuesto de plusvalía –tasa que grava la venta o cesión de una vivienda usada– como se conocía hasta ahora, sin embargo los despachos de abogados ya están recibiendo un goteo de llamadas demandando información. Y en decenas de casos, esta petición ya se ha traducido en la presentación de recursos para tratar de recuperar el pago de esta tasa.

En plazo

“Hemos empezado a presentar recursos para la impugnación del pago en aquellas liquidaciones que todavía no son firmes; es decir, aquellas cuyo plazo para su emisión no excede el 26 de octubre. Las que el plazo terminaba antes de esa fecha, ya no se pueden reclamar”, desgrana María Jesús Sarabia, de Sarabia Abogados.

En su caso, cuentan con clientes cuyo plazo para el vencimiento del pago de este impuesto concluye el 16 de noviembre o el 8 de diciembre sí han presentado ya sendos recursos ya que “el pago no sería todavía firme en vía administrativa”.

Sin retroactividad

Esto implica que sólo podrán reclamarlo aquellos contribuyentes que antes de dictarse el fallo tuvieran ya abierto un recurso. Tampoco hay opciones para todas las liquidaciones que hasta la fecha no hayan sido impugnadas y cuya rectificación no se haya solicitado. El fallo, y a diferencia de otros procedimientos como las cláusulas suelo, por ejemplo, no tiene efectos retroactivos.

Dos tipos de recursos

El abogado Antonio Martiño, del despacho MARDOC, se suma a esta apreciación con la cautela todavía de conocerse la totalidad del fallo del Constitucional. “La sentencia que anula el impuesto de plusvalía pienso que va a motivar dos tipos de recursos, por un lado los que lo han abonado pero están dentro de plazo para recurrir y segundo, los que ya han pagado y están fuera de todo plazo”, explica.

Cuantía de la tasa

La cuantía de esta tasa, que afecta a las operaciones de compraventa, testamentarias o pactos de mejora, es totalmente oscilante. “Tenemos casos que van desde los 200 euros hasta los 5.000 u 8.000 euros que se pagó de plusvalía, dependiendo de los bienes”, concreta Antonio Martiño. En cuanto a la totalidad de los afectados, todavía no disponen de cifras exactas, pero sí aprecia que pueden superar en su despacho el medio centenar. “Y solo a las relativas a herencias. En el momento en el que alguien se muere y deja un bien, automáticamente genera una plusvalía”, puntualiza el letrado vigués.

Antecedentes

Concretamente, el fallo del Alto Tribunal tilda de inconstitucional el método objetivo de determinación de la base imponible del impuesto de plusvalía urbana. Es decir, fija un aumento de valor del bien aunque no se haya producido.

Hace tan solo dos días, este pasado lunes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley que adaptará el impuesto sobre la plusvalía municipal a la sentencia del Constitucional que permitirá a los contribuyentes elegir entre dos métodos de cálculo según el que más les beneficie.

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