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El ciclista que quedó parapléjico en el Monte Alba exige 900.000 euros a la comunidad de montes

El ciclista, Diego González, ayer, a su llegada a los juzgados. Marta G. Brea

La víctima reiteró en la vista civil que la piedra estaba“escondida”, mientras la demandada advirtió de una zona reservada a deportistas

La causa del accidente que dejó en silla de ruedas al ciclista Diego González tras impactar contra una piedra a modo de trampa en el monte Alba continúa muy vivo en los juzgados de Vigo. Y es que tras fracasar la vía penal, en la que los cuatro comuneros de Valladares acusados de colocar el obstáculo que provocó la caída de la víctima fueron absueltos al no ver probado los magistrados que fueran ellos los responsables, la víctima ha decidido emprender un procedimiento civil y pleitear por una indemnización tras las graves secuelas personales y materiales derivadas de la paraplejia compleja que sufre a raíz del suceso.

La causa se sigue contra la Comunidad de Montes de Valladares, así como su aseguradora, y la petición por las lesiones y perjuicios asciende a 900.000 euros. El Juzgado de Primera Instancia 2 de Vigo celebró ayer la primera de las tres jornadas previstas para este juicio civil tras no haberse alcanzado un acuerdo entre las partes en el trámite de audiencia previa celebrado este pasado mes de abril.

El ciclista, Diego González, ayer, a su llegada a los juzgados. Marta G. Brea

El presidente y representante de la Comunidad de Montes desde 2015, Gregorio Álvarez, aseguró que en las juntas previas al suceso –que tuvo lugar en septiembre de 2014– “no se habló” de una problemática existente con los ciclistas. Es más, precisó que existían convenios con un club e incluso promovieron, junto a la Mancomunidad, una pista en el monte para acoger un circuito, que no era en la zona de monte donde Diego González sufrió el accidente. “Yo voy con la mountain bike y frecuento el monte y nunca había visto a ciclistas por ahí”, aseveró Álvarez, ampliando después que “nosotros no podemos actuar sobre lo que no sabemos; no somos responsables si van al monte y no sabemos por dónde van, es imposible”.

Reconoció también, a preguntas del abogado de la aseguradora, que es “habitual” que debido al tiempo o climatología, “caigan obstáculos” en el monte. “A veces, cuando hay temporales recorremos parte del monte y es normal que se rompan y caigan ramas”, declaró ante la magistrada.

A la vez que descartó una posible animadversión hacia los ciclistas, sí admitió haber denuncias contra usuarios de quads, motos o incluso dueños de animales sueltos que transitan por las hectáreas de monte.

A preguntas de la letrada de la comunidad acerca si habían señalizado la zona con cartelería antes o después del accidente, Álvarez afirmó que “no podemos poder más allá de lo que permite la ley como paso de vehículos, caza, residuos, etc.”.

Por su parte, el demandante Diego González reiteró la versión ofrecida a lo largo de la instrucción y juicio en vía penal: aseguró que llevaba pasando por esa punto más de dos años, incluso dos veces por semana hasta el día que “sin esperarlo”, se encontró con un piedra que “estaba escondida” contra la que impactó. No llegó a perder el conocimiento pero las graves lesiones le dejaron parapléjico.

A priori, la prueba propuesta por las partes no dista de la planteada en este primer proceso penal. Ayer también estaban citados varios policías locales que actuaron en el lugar de los hechos, que se remontan siete años atrás, y que al haber una sentencia previa se dan por admitidos. En este fallo, la Audiencia concluía que la roca –y otras dos piedras más– con la que chocó la víctima fue “colocada” a propósito, pero no vio acreditado que lo hicieran los cuatro comuneros imputados, que fueron absueltos. 

Una absolución penal no impide un éxito civil: el caso Odriozola

Una primera absolución penal no impide que un caso pueda prosperar en Primera Instancia. Es por ejemplo lo que ocurrió con la causa del derrumbe del edificio Odriozola de Vigo, ocurrido hace más de 20 años.

Un tribunal Penal exculpó a los acusados, pero un juzgado civil y posteriormente la Audiencia dictaron una condena –en la actualidad recurrida ante el Tribunal Supremo y pendiente del trámite de admisión– estableciendo indemnizaciones para las familias demandantes de 1,6 millones de euros.

En este caso, el abogado de los perjudicados solicitó ejecutar provisionalmente la sentencia por lo que las familias han cobrado ya buena parte de esta indemnización así como los intereses. 

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