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El Supremo fija una indemnización de 140.000 euros a un operario con silicosis

El hombre se encuentra en lista de espera para un transplante de pulmón

El Tribunal Supremo acaba de declarar la firmeza de una sentencia del TSXG en la que se fija una indemnización de 140.000 euros a cargo de varias empresas y empresarios del sector de la cantería a un operario diagnosticado de silicosis.

Según el fallo, al hombre se le reconoció una situación de incapacidad permanente absoluta por dolencia profesional debido a su trabajo de operario de canteras. Se encuentra desde entonces incluido en lista de espera para un trasplante pulmonar debido a la “silicosis masiva progresiva”, provocada esta por su exposición al polvo de sílice (un componente natural que se encuentra en forma abundante en rocas, suelo y arena o incluso en el hormigón, el ladrillo, el mortero y en otros materiales para la construcción). El operario trabajo durante más de 14 años para las empresas demandadas.

En primera instancia, el Juzgado de lo Social 5 de Vigo le dio la razón, condenando a trece empresarios y empresas al pago de más de 40.000 euros. En segunda instancia, el TSXG incrementa el importe de la indemnización en 140.929 euros al entender que hubo “falta de responsabilidad” por parte de las empresas por adoptar medidas de seguridad suficientes, tanto individuales como colectivas; pero mantuvo la responsabilidad mancomunada y no solidaria de los empresarios condenados.

Fue el proprio trabajador quien presentó este último recurso para la unificación de doctrina ante el Alto Tribunal alegando que las empresas debían hacer frente a la responsabilidad civil de forma “solidaria y no mancomunada”. Esto es, que pueda el recurrente reclamar a cada una de las mercantiles condenadas la indemnización de forma independiente y no de forma conjunta. El Supremo rechazó esta pretensión al entender que “no existe contradicción” entre la sentencia del tribunal gallego y la empleada de contraste.

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