Las conformidades se han convertido en la “nueva normalidad” en las salas de lo Penal de Vigo. Si ya era frecuente zanjar los procedimientos con un acuerdo entre las partes, por el cual el acusado reconocía los hechos evitando la celebración del juicio, ahora esta alternativa se ha convertido en la prioritaria en los tres juzgados de lo ciudad. Y el COVID ha contribuido a ello. Tanto es así, que de las 843 sentencias emitidas por las magistradas de lo Penal el año pasado, 525 se fallaron tras un acuerdo de conformidad; prácticamente siete de cada diez, según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Evitar el juicio

Este impulso en las resoluciones por conformidad viene motivado en gran medida por la pandemia. Esta fórmula permite evitar la vista oral cuando un acusado asume la culpa y la continuación del procedimiento en otras instancias al comprometerse las partes a no recurrir la sentencia.

De esta forma, se gana rapidez ya que se trata de comparecencias que duran unos pocos minutos. Otro aspecto fundamental en el momento actual es que se evitan las aglomeraciones de testigos, peritos o agentes en los pasillos y entrada al órgano judicial, aunque si bien en cierto, muchos de estos acuerdos se fraguan minutos antes de la hora del señalamiento, siendo ya citados y personados los testigos.

Pena menor

A mayores, para los acusados que aceptan este pacto, las penas siempre son más bajas que las solicitadas por la acusación inicialmente.

Estas conformidades permitieron agilizar una parte importante de los cientos de juicios penales que hubo que suspender a consecuencia del confinamiento y si ya fueron un habitual el año pasado, también este 2021 son uno de los recursos más frecuentes por las partes.

Esta índice de conformidades afecta a toda la jurisdicción penal; incluida la Audiencia Provincial. Y es que la Sección Quinta, con sede en Vigo, también tiene un porcentaje de acuerdos entre las partes del 77%.

Condenas

Y en vista del alto índice de sentencias condenatorias en estas salas penales. Según estas mismas estadísticas del CGPJ, de este casi millar de fallos dictados por las juezas de lo Penal (843), un total de 764 fueron condenas mientras tan solo 79 se saldaron con la absolución del encausado; concretamente el 90% el año pasado.

Esta situación obedece a que cuando el procedimiento ya encara la apertura de juicio oral en estos órganos de lo Penal, ya existen indicios suficientes o pruebas que sustenten una condena; una motivación que ya viene sustentada en la investigación previa por los titulares de los juzgados de Instrucción de la ciudad.