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La lactancia materna, otro conflicto entre divorciados que deriva en pleitos judiciales

Un bebé, durante la lactancia materna.

Cuando en un divorcio hay hijos menores de por medio, cualquier detalle, nimio o trascendental, puede ser origen de conflicto. Desde el régimen de custodia hasta la cuantía de la pensión alimenticia pasando por cuestiones más puntuales como el colegio del niño, si debe hacer o no la Primera Comunión o si es hora de que ya cuente con pasaporte y pueda viajar al extranjero. Todo esto puede generar tensión entre los excónyuges y acabar en un juzgado si no hay entendimiento y no son capaces de llegar a un acuerdo. Pues existe otra importante cuestión en la que no pocas veces los jueces deben decir la última palabra. Y esa tiene que ver con la lactancia materna. Los juzgados de Familia de Vigo registran pleitos por el desacuerdo entre los progenitores cuando la madre quiere seguir amamantando a su bebé y el padre pide tener ya un régimen amplio de visitas de fin de semana e incluso la custodia compartida, algo incompatible con la lactancia natural por el tiempo que el menor estaría separado de su progenitora.

“La lactancia materna es la forma ideal de aportar a los niños pequeños los nutrientes que necesitan para un crecimiento y un desarrollo saludables”. Lo dice la Organización Mundial de la Salud (OMS), que recomienda la lactancia materna exclusiva durante seis meses, para a partir de ese momento empezar a introducir los alimentos apropiados y seguros para la edad del menor, aunque manteniendo el amamantamiento hasta los dos años o más. Pues esta cuestión tan natural, dar el pecho al bebé, puede verse directamente afectada si hay un divorcio cuando el niño todavía tiene unos meses de edad y tiene aún por tanto enorme dependencia biológica de su madre. ¿Cómo compatibilizar esta alimentación natural y diaria que debe dar la madre con el que el padre quiera disfrutar de un régimen de visitas de todo un fin de semana o incluso una custodia compartida?

Un bebé, en la lactancia FdV

Jurisprudencia

Pues este conflicto llega de vez en cuando a los juzgados vigueses, cuando las parejas no se ponen de acuerdo. No hay fórmulas mágicas ni una doctrina asentada sobre esta cuestión, pero la jurisprudencia, ante esta disyuntiva, es proclive a que durante los primeros seis meses de vida del niño éste pernocte siempre con la madre, para que lo pueda amamantar y darle las tomas que el menor necesite, teniendo el padre un régimen de visitas que respete los horarios de sueño y comidas del bebé.

A partir de los seis meses, cuando la lactancia deja de ser exclusiva, ya no hay tanta unanimidad y hay sentencias que se inclinan por seguir con un régimen progresivo frente a otras que optan ya por la custodia compartida o por visitas amplias en las que los niños pueden dormir con sus padres al entender los jueces que la leche materna es ya “complementaria”. “El criterio judicial al resolver este conflicto de intereses debe guiarse por el interés superior del menor, por lo que es más beneficioso para el bebé”, resume el magistrado de Familia Daniel Tomás.

  • Un “conflicto de intereses” que en este supuesto se resuelve a favor del progenitor

    “Existe un conflicto de intereses entre la continuación de la lactancia materna y las horas que el padre puede compartir con sus hijos. Y debe resolverse entendiendo que no existe ningún perjuicio para el menor si no continuara la lactancia natural, al contar con 14 meses de edad. No puede privarse a padre e hijo de una relación normalizada con ese argumento. Pero es que además existe una posible solución si la madre no quiere abandonar la lactancia, y esa es la extracción de la leche y su congelación, algo común en situaciones de necesidad de madres trabajadoras [...]”.

Una de las sentencias dictadas en Vigo sobre esta cuestión aborda el caso de un bebé de 14 meses cuya madre quería alargar la lactancia natural hasta los dos años. El juez finalmente dio la razón al padre y falló a favor de la custodia compartida en semanas alternas ya que en ese momento la leche materna era ya complementaria junto al resto de alimentos –fruta, verdura, pescado y carne– que debe tomar un menor de esa edad. “Normalizar cuanto antes” la relación del bebé con su padre se vio “más beneficioso” para el niño que “seguir alargando la lactancia”.

  • “Normalizar” la relación de padre y niño, más “beneficioso” que “alargar la lactancia”

    “No procede cuestionar la personal decisión sobre la duración de la lactancia materna natural. Se afirma aconsejado por la OMS hasta los dos años, si bien no se duda de la bondad de esa lactancia que completará una alimentación variada adaptada a esa edad en la que es habitual y necesario que los niños se alimenten de frutas, verduras, pescados y carnes. Lo que no se ve es perjuicio para el niño por el abandono de esa lactancia, algo común en bebés de esa edad, y por ello procede normalizar la relación del niño con el padre con la custodia compartida, algo que se entiende más beneficioso para el bebé que continuar alargando la lactancia [...]”.

Además, añade el fallo, hay soluciones alternativas si la madre no quiere dejar esa forma de alimentación natural, “como la extracción de leche y su congelación”. En todo caso, durante un tiempo, por esa lactancia, se estableció que el niño durmiese dos noches con la mujer en la semana de custodia de su exmarido.

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