El juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha dictado sentencia en la que condena a penas que suman 6 años y 9 meses de prisión a Alexandre Manuel R.V., un conductor que circuló de forma temeraria por la autovía A-55, entre Vigo y O Porriño, huyendo de las fuerzas de seguridad, y que acabó empotrado en un talud tras embestir a un vehículo de la Guardia Civil.

En su sentencia, la magistrada considera probado que el acusado, en la madrugada del 14 de agosto de 2019, se encontraba parado ante un semáforo en rojo en la Avenida de Madrid y, al percatarse de la presencia de un coche de la Policía Nacional, aceleró bruscamente, saltándose la fase roja, e inició la huida por la autovía A-55 en dirección a O Porriño.

A pesar de que la dotación policial lo siguió con los dispositivos luminosos activados, el conductor no se detuvo, haciendo alarde de un "total desprecio hacia el principio de autoridad", y circuló de forma temeraria, a gran velocidad, llegando a alcanzar los 140 kilómetros por hora.

En su recorrido, en el que iba cambiando de carril, realizó varias maniobras peligrosas, poniendo en riesgo a los usuarios de la vía. Al llegar a la entrada de O Porriño, salió de la A-55 pero se percató de que le esperaba una dotación de la Guardia Civil, por lo que hizo un giro y se reincorporó a la autovía en sentido contrario.

Antes de llegar a Vigo, salió de la A-55 en dirección prohibida y, al encontrarse de frente con un coche de la Guardia Civil, lo embistió deliberadamente, causando daños en el vehículo oficial y lesiones a los agentes que lo ocupaban. Tras este choque, el acusado perdió el control de su turismo y acabó empotrado entre un muro y el talud de la carretera.

La jueza establece en su resolución que no tiene "la más mínima duda" de que los hechos ocurrieron así, tal y como reflejó la Fiscalía también durante la vista oral, y ha destacado las declaraciones de todos los agentes, por su "persistencia, firmeza, contundencia y seriedad".

Tres delitos que suman 6 años y 7 meses

Por estos hechos, considera al acusado autor de un delito de conducción temeraria, otro de atentado con medio peligroso y uso de vehículo a motor (en concurso ideal con dos delitos de lesiones), y otro delito contra la seguridad vial por negarse a realizar la prueba de alcoholemia. Así, lo condena a penas que suman 6 años y 9 meses de cárcel, así como la prohibición de conducir por 7 años (y suspensión del carné por 5 años).

Con respecto a la responsabilidad civil, la sentencia recoge que deberá indemnizar a los agentes heridos en un total de 16.330 euros, y deberá pagar él mismo, y no su compañía de seguros, los daños causados al vehículo de la Guardia Civil (algo más de 1.300 euros).

Por contra, lo absuelve del delito de daños, al considerar que su intención al lanzarse contra el coche de la Benemérita no fue la de causar daños en el vehículo, sino la de menoscabar el principio de autoridad.

Asimismo, lo absuelve del delito de conducción etílica ya que, aunque considera probado que Alexandre Manuel había ingerido bebidas alcohólicas (por los testimonios de los agentes, que refirieron olor a alcohol, habla pastosa y otros síntomas), no ve acreditado que esa ingesta hubiera afectado a la conducción, al haberse negado el acusado a someterse a las pruebas.