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Fin al caso del suspenso de la Universidad de Vigo que llegó a la máxima instancia judicial

Imagen de archivo de la Escola de Enxeñaría Forestal de Pontevedra Rafa Vázquez

El estudiante, que usó una memoria USB en una prueba, rechazó repetirla y acudió a los tribunales

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica el suspenso de un alumno de la UVigo que conectó una memoria USB al ordenador mientras realizada un examen práctico del grado de Ingeniería Forestal y rechazó en dos ocasiones repetir la prueba antes de acudir a la justicia.

Los hechos ocurrieron en enero de 2018 durante el examen oficial de la parte práctica de la asignatura de Expresión Gráfica y Cartografía. La profesora responsable se ausentó 15 minutos del aula y, a su regreso, se percató de que el estudiante había conectado a su ordenador un lápiz de memoria, material que no estaba permitido.

El alumno alegó que lo había hecho porque mientras realizaba el examen se encontró con problemas informáticos sobre los que, según recoge la sentencia del TSXG, no se tiene constancia. La docente, que comprobó que la memoria contenía material relacionado con la asignatura, le ofreció reiniciar el ejercicio en ese momento, posibilidad que rechazó el estudiante. Y, por tanto, su prueba fue calificada con cero puntos.

El afectado reclamó la nota y la dirección del departamento de Ingeniería de los Recursos Naturales, “ante la inexistencia de una prueba física fiable que pudiera examinar un tribunal externo”, le propuso realizar un nuevo examen con otro profesor y desistir de su denuncia.

El alumno también rechazó esta solución y elevó en abril una petición al rector solicitando la revisión de su nota. En un escrito posterior, del mes de julio, demandaba el aprobado y adjuntaba la resolución del Tribunal de Garantías (15 de junio) sobre su caso en la que se señalaba que “no parece justo tomar solo en consideración las explicaciones de la profesora”, calificadas de “poco satisfactorias”, y “desatender por completo las del alumno”.

En noviembre de 2018 se designó la instructora encargada de realizar una investigación reservada sobre lo ocurrido y que tomó declaración al demandante, a la profesora, al director de la escuela y a la investigadora que estaba presente en el aula en el momento de los hechos.

Una vez finalizada la investigación, el rector firmó una resolución el 14 de enero de 2019 desestimando la reclamación del alumno, que decidió interponer un recurso contencioso administrativo contra la misma. Fue también desestimado por el Juzgado Número 2 de Vigo y el estudiante acudió entonces al TSXG, que confirma la sentencia y le impone las costas procesales.

El fallo del magistrado Benigno López ratifica los “datos incontestables” de los que partió la instructora, entre ellos, la “indubitada certeza” de que el alumno hizo uso de la memoria USB, hecho “suscrito y firmado” por él mismo. Y suscribe la conclusión de la instructora: “Los hechos coinciden en dejar claro el incumplimiento del estudiante en el empleo de material no permitido, circunstancia de la que era perfecto conocedor”.

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