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"Aún no estaba embarazada; se protege la opción de querer ser madre en el futuro"

El abogado David Iglesias Otero representó a la trabajadora en este litigio. Y subraya una cuestión clave de la sentencia. "Como curiosidad y novedad es destacable que no estamos ante el habitual caso de despido de una mujer embarazada prohibido en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores", dice. Y ello porque en el momento del despido "no constaba aún el embarazo, era una mera expectativa". Por ello, este jurista, miembro del despacho vigués Martínez Barros & Narbón, estima que con el fallo del juez vigués "se va un paso más allá y se protege el propio derecho fundamental a la maternidad, es decir, la opción de querer ser madre en un futuro". El letrado, que precisa que la Fiscalía se adhirió a la petición de nulidad del despido, incide en que un despido por esta causa supone además una discriminación por razón de sexo. "Se discrimina a la trabajadora por ser mujer y por estar siguiendo un tratamiento de fertilidad con perspectivas de quedarse embarazada", resume.

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