Un persistente hostigamiento que ha derivado en una condena de un año de prisión. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la sentencia impuesta por un juzgado de Vigo a un hombre por el constante acoso al que sometió a su excompañera sentimental a través del teléfono, el correo electrónico y las redes sociales. Junto a la pena de cárcel, el condenado no podrá aproximarse ni comunicarse con la víctima, que necesitó asistencia psicológica, durante un período de dos años.

El acusado y la perjudicada mantuvieron una relación sentimental durante cuatro años que finalizó en el verano de 2019. El hombre no aceptó la ruptura y continuó, desde esa fecha, "buscando la comunicación" con su expareja, pese a que ella le manifestó "de forma clara" que no quería saber "nada de él", llegando a denunciarlo, a finales de ese año, en vía judicial. Una primera denuncia que fue archivada provisionalmente, si bien el caso acabó al final en juicio y en condena al poner la mujer en una segunda ocasión en conocimiento de la Justicia el permanente acoso que estaba sufriendo.

El condenado, según consta en la sentencia, la llamaba desde distintos números de teléfono y le enviaba mensajes de texto y correos electrónicos, "casi siempre a altas horas de la noche". También le realizaba peticiones de amistad en las redes sociales, "intentando a su vez contactar con sus amistades y tratando de utilizar sus datos para la contratación de servicios o modificación de previos contratos". Toda esta situación derivó en "graves perturbaciones" para la víctima, que en ningún momento atendió ni contestó a las comunicaciones, "insistentes y reiteradas", en las que el hombre le hacía "reproches" por la ruptura y comentarios relativos a su nueva relación sentimental.

Los magistrados de la Audiencia resaltan en el fallo que este hostigamiento, del que hay "prueba de cargo suficiente", supuso "una grave alteración en la vida cotidiana" de la denunciante.