El Tribunal Supremo no admitió el recurso de casación presentado por la cuidadora viguesa condenada a 21 meses de cárcel por apropiarse de 21.000 euros del anciano al que cuidaba. La mujer había impreso billetes falsos para cambiarlos por los auténticos y quedarse con el dinero. El Supremo entiende que no existen contradicciones en la sentencia de la Audiencia viguesa, , resaltando además que no se debe considerar relevante a efectos de calificación del delito si las fotocopias de los billetes fueron realizadas por la acusado las hiciera otra persona.