Seis meses de prisión que no cumplirá condicionado a que no altere los términos de la custodia establecidos judicialmente por las autoridades británicas y españolas. Es la condena que aceptó, por delito de desobediencia a la autoridad, la madre que se llevó a su hijo de Londres a Vigo e impidió al padre estar con él más de un año. El acuerdo entre fiscal y defensa supone una gran rebaja en la pena que se pedía, y el cambio en la calificación del delito, que inicialmente era de sustracción internacional de menores.

El niño nació en 2009 en Londres, lugar de residencia de la pareja desde 2014. En febrero de 2017, relata el fiscal, la mujer, "sin previa comunicación al padre" se marchó y fijó "unilateralmente" su domicilio en la zona de Vigo. El progenitor, que vive en Londres, denunció los hechos y un juzgado declaró "ilícito" el traslado del menor por parte de la acusada, ordenando la restitución del pequeño al padre, sentencia que fue firme en enero de 2018. Supuestamente, ella se negó e impidió a su exmarido estar con su hijo hasta agosto de ese año, cuando finalmente entregó al menor.