Tras el veredicto del jurado popular, la Audiencia de Vigo emitía en enero una sentencia que imponía 30 años y cuatro meses de cárcel a César Adrio por asesinar a cuchilladas a Ana Enjamio tras someterla a meses de insoportable acoso. Lo que sufrió esta joven ingeniera, resumía el fallo, fue una "tortura" , ahondando en que el condenado actuó de manera "perversa" movido por un sentimiento de "machismo" y "dominación" al no aceptar que la chica, compañera de trabajo, hubiese decidido poner fin a la relación sentimental que habían mantenido. Esta sentencia será revisada ahora por los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, donde ayer se celebró la vista de apelación por el recurso formalizado por la defensa del condenado contra la condena. El abogado de Adrio vuelve a pedir la libre absolución. Algo a lo que se oponen el Ministerio Público y el resto de acusaciones. El fiscal, en su intervención pidió la desestimación de la apelación: la hipótesis de la acusación, resumió, "es la única posible".

César Adrio compareció en la vista del TSXG por videoconferencia desde la cárcel de A Lama y renunció a intervenir en su turno de palabra. Fue su abogado quien expuso su versión exculpatoria. La defensa sostuvo, informa Europa Press, que hubo "defectuosa valoración procesal" y "vulneración de derechos fundamentales". Disconforme con la condena, el letrado lo argumentó por cuestiones como la información obtenida de los teléfonos móviles para fijar lo ocurrido la madrugada de 17 diciembre de 2016 en la que Ana Enjamio acabó siendo asesinada a puñaladas en el portal de su edificio, tras volver de una cena de empresa navideña. Ve "menoscabo" del derecho de defensa que dio lugar a una situación "kafkiana".

El abogado defensor insistió ante los magistrados del alto tribunal gallego en otras ideas que también defendió en el juicio en Vigo y que fueron rechazadas por los jurados: reiteró que Adrio y Enjamio "mantenían una relación" por las conversaciones de hasta "54 minutos" que tuvieron en fechas anteriores a la muerte "Había un fluido tráfico de llamadas", dijo. Y ve "verosímil" que los restos genéticos y sangre hallada en pertenencias del hombre respondan a un "contacto" entre ambos. El ADN evidencia, dijo, que hubo "contacto físico" esa noche antes del crimen y la sangre del coche del condenado, que habían mantenido relaciones sexuales cuando ella "tenía el período".

En definitiva, combatió la sentencia condenatoria argumentando que este vigués no tenía móvil alguno para matar a la joven. Ella "dudaba" entre él y su expareja, con la que había retomado la relación, pero ya había, defendió el letrado, "optado" por el condenado.

Acusaciones

Por su parte, el fiscal pidió la desestimación del recurso de la defensa y rechazó sus alegatos: "La hipótesis de la acusación es la única posible". El Ministerio Público defendió que los datos de los dispositivos electrónicos se obtuvieron con la debida "autorización judicial" y sobre el ADN y la sangre rebatió que no está acreditado el alegato de la defensa, de que hubiese contacto aquella noche entre agresor y víctima. Al contrario, se trata de pruebas, añadió, "circunstancias objetivas" relacionadas sin duda con el crimen, que se cometió, dijo, con alevosía y ensañamiento. La acusación particular y la popular compartieron lo expuesto por la Fiscalía. Junto a delito de asesinato, Adrio fue condenado por acoso y vulneración de la intimidad. Ahora será el turno de que el TSXG emita su sentencia.