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La Audiencia revoca el archivo del atropello mortal de una mujer por un camión de la basura

La sala entiende que el auto "carece de motivación" y devuelve la causa al juzgado

Un atropello acaecido en 2014 y que a tenor de las últimas resoluciones su recorrido judicial no ha terminado. La Audiencia Provincial ha revocado el auto del juzgado instructor que decretaba el archivo de las actuaciones por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave al entender que aunque la conducta de los dos investigado -conductor y acompañante- "sea moralmente reprochable, lo cierto es que no existen indicios que permitan atribuir a su conducta relevancia penal".

La Sala entiende que el auto que el auto carece de motivación suficiente por lo que estima el recurso de los familiares de la fallecida y decreta la nulidad del mismo. Esto implica, que el juzgado que investiga el caso deberá "determinar la concretas razones por las cuales la instructora considera que el proceder de los investigados carece de relevancia penal, fundamentalmente y en esencia, porque de la lectura de dichos informes bien pudiera llegarse a una conclusión diferente" .

Hechos

Los hechos se remontan al 2014 en Ponteareas cuando la mujer fue atropellada por un camión de recogida de residuos cuando, su conductor, realizaba una maniobra de marcha atrás, resultando la peatón fallecida en el acto como consecuencia de los múltiples traumatismos que presentaba.

El Tribunal alega "desconocer" las razones por las que la instructora entiende que la maniobra realizada por el conductor fue "correcta y ajustada a la normativa de tráfico" y que desde el punto de vista del Derecho Penal no existe en su proceder imprudencia alguna, "no podemos ni confirmar ni revocar la resolución dictada, habida cuenta de que no se trata de determinar si el conductor sabía que había una peatón en la parte posterior del camión cuando inicia la maniobra de marcha atrás, -de haberlo sabido nos encontraríamos ante un escenario totalmente diferente, pues estaríamos hablando de una conducta dolosa, bien con dolo directo bien con dolo eventual-, sino que de lo que se trata es de determinar si dicho conductor adoptó las medidas de precaución necesarias para realizar la maniobra con total seguridad; y, estos extremos son los que deberán ser analizados por la instructora".

Atendiendo a todo ello, los magistrados de la Audiencia entiende que la "única solución posible" es declarar la nulidad de la resolución dictada habida cuenta que la que se ha dictado "no cumple las exigencias constitucionales" y que la petición del recurrente conduce invariablemente a esta decisión puesto que se exige una revisión de la decisión adoptada imposible de controlar por este Tribunal, al desconocer el análisis que haya hecho la instructora de las diligencias de investigación practicadas.

Habitualmente, según precisan fuentes próximas al caso, el juzgado instructor emite un auto en los mismos términos pero con una argumentación más extensa. Será entonces cuando la acusación particular pueda volver a presentar recurso de apelación ante la audiencia para revocar el archivo y que se continúe investigando.

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