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La Audiencia ratifica el desahucio del poblado chabolista de Navia

Las familias defendían que llevaban asentadas más de 30 años en O Caramuxo - Los terrenos se destinarán a comercio e industrias

El juicio se celebró el pasado mayo en Vigo. // A.Villar

Las ocho familias que residen en el poblado chabolista de O Caramuxo, en Navia, serán desahuciadas tras ratificar la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que daba la razón a los dueños de los terrenos, que los destinarán a la construcción de un área comercial e industrial así como un gimnasio. El fallo no es firme y contra él todavía cabe recurso de casación frente el Tribunal Supremo, si bien fuentes próximas al caso no confirmaron su presentación.

Este caso llegó a juicio el pasado mayo. La demanda civil fue presentada por la sociedad que compró los terrenos, que busca desarrollar en ese entorno mediante una cesión a cinco operadores multinacionales una superficie con servicios de comercio, industria y deportes. La empresa solicitó al juzgado el desalojo de las ocho familias que residen en las chabolas. En total, allí viven casi una treintena de personas, entre las que hay niños, en situación de "exclusión social" y "vulnerabilidad", explican estas mismas fuentes. Los magistrados defienden, siguiendo la línea del fallo en primera instancia que "no procede la usurpación" de los terrenos y que por lo tanto, si no los abandonan se procedería a su lanzamiento.

Una de las cuestiones que pusieron de manifiesto los afectados por el desalojo es que el poblado comenzó a levantarse hace más de tres décadas. En la vista, las familias asentadas en el poblado defendieron que llevan viviendo en él más de treinta años, muchos se crecieron ahí y también sus padres, apreciación que no se dio por probada en el fallo en primera instancia y tampoco en esta apelación. "No consta debidamente acreditado que los demandados hayan instalado sus viviendas en esa finca hace más de 30 años, sin que sea suficiente para acreditar dicho extremo la declaración de Sinaí Jiménez -que llegó a comparecer como testigo- respecto de que él iba con su padre siendo niño a ese poblado", recogía el fallo.

En la sentencia, entre otras cuestiones, también se rechazaba que estas familias tengan animus domini. Entre los indicios de la carencia de este derecho de posesión se encuentra que "no existe ningún recibo del pago del IBI".

La nueva propietaria del terreno, una sociedad mercantil asturiana, busca desarrollar el entorno a través de una cesión a cinco operadores multinacionales que erigirán una mediana superficie destinada a comercio e industria, con el que aseguran darán trabajo a más de 200 empleados.

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