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Parapléjico por una infección hospitalaria

El juez reconoce 580.000 euros de indemnización a un vigués que quedó en silla de ruedas por una bacteria | "Con 61 años me vi con una gran invalidez y sin poder trabajar", relata

Acceso al edificio de los juzgados de Vigo. // Marta G. Brea

"Con 61 años me vi en silla de ruedas, con una gran invalidez y sin poder trabajar; la vida me cambió totalmente". Quien así se expresa es un vigués que prefiere permanecer en el anonimato. Ahora asentado en Bueu, donde ya tenía un apartamento y que le resulta una localidad más fácil que la urbe olívica para desplazarse y poder llevar una vida lo más cómoda posible en sus actuales condiciones, este hombre acaba de ganar la batalla judicial que había emprendido contra la Consellería de Sanidade a causa de la infección hospitalaria que sufrió en el antiguo Hospital Xeral de Consellería de SanidadeHospital XeralVigoLa sentencia la dictó el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Vigo, que ha reconocido a favor de este hombre una indemnización que supera los 583.000 euros. "El demandante ha de quedar postrado el resto de su vida en una silla de ruedas y sin poder valerse por sí mismo, ni siquiera para los actos normales de la vida cotidiana", valora el juez. Dado que la consellería ya había indemnizado al afectado con 221.385 euros cuando estimó en parte la reclamación administrativa previa, el magistrado la condena, junto a la aseguradora, a abonar el resto, 362.344 euros, y los intereses legales.

Ocurrió en mayo de 2014, cuando este vigués que trabajaba como agente comercial ingresó para someterse a una cirugía de columna (por estenosis de canal) y a otra de cadera por necrosis. Sufría pérdida de fuerza en los miembros inferiores. "Mi hijo me dejó en la puerta del hospital y estaba perfectamente; andaba con dificultad, claro, por la patología que sufría", recuerda. Pero su pronóstico no era el de quedar en silla de ruedas, como explica el abogado que lo representó, Tomás Santodomingo. Lo que acabaría ocurriendo nada tuvo que ver con la enfermedad. La causa de la invalidez fue una infección hospitalaria que el paciente sufrió cuando ya estaba en la habitación del centro sanitario a la espera de la intervención quirúrgica con la que se buscaba, paradójicamente, que ganase en calidad de vida.

Único "foco plausible"

Concretamente, dice la sentencia, padeció el contagio accidental de una bacteria denominada pantoea agglomerans Aunque a nivel hospitalario puede haber otras causas, en este caso el "único foco plausible" que se valoró como motivo de la infección fue el catéter venoso periférico, el dispositivo en forma de tubo que rutinariamente se inserta en vena, en el brazo o en el dorso de la mano, para administrar líquidos intravenosos o medicamentos a los enfermos.

¿Cómo es posible que eso, una bacteria hospitalaria, pudiese causar que este vigués no volviese a caminar? Pues, según gráficamente explica otra resolución judicial sobre este mismo caso, el proceso infeccioso adquirido en el hospital le llegó a la garganta y, pese al tratamiento antibiótico, se extendió a la columna dorsal provocando un "cuadro de abscesos paravertebrales" que afectaron a la medula espinal "causando un cuadro de paraplejia completa".

Analizado lo ocurrido, el juez concluye que "la imputación de responsabilidad" a la administración sanitaria en la atención dispensada al demandante se evidencia "en dos secuencias diferenciadas": en la infección intrahospitalaria padecida y la "tardanza injustificada" en la realización de la cirugía para la que había ingresado, que se hizo 26 días después de su entrada en el centro y con un cuadro diagnóstico "mucho más grave" del que de inicio presentaba. Con respecto a este segundo factor, el magistrado valora que hubo un inadecuado seguimiento y control del paciente, algo que fue "determinante" para que se instaurase un "déficit" neurológico de demasiada evolución. Apunta también la "demora" en una resonancia magnética lumbar que era urgente. Y el retraso en la operación. Se superó el margen de tiempo señalado como límite, concluye, para abordar "con posibilidades de éxito" la intervención.

La indemnización que se concede al afectado es por días de hospitalización -tras recibir el alta en Vigo estuvo nueve meses en la Unidad de Lesionados Medulares de A Coruña-, la secuela de la paraplejia, los daños morales, la gran invalidez que padece y los gastos de la reforma en el domicilio para adaptarlo a su falta de movilidad. Contra la sentencia, con fecha del pasado 28 de abril, todavía cabe presentar recurso.

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