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Un "contrato" a través de WhatsApp

Los dueños de un piso acreditaron ante la jueza el arrendamiento a través de los mensajes telefónicos que intercambiaron con la inquilina

Firmar un contrato de alquiler de un inmueble sobre el papel es sin duda la opción que aporta mayor seguridad jurídica en caso de que en el futuro aparezcan problemas como el de los inquilinos morosos. Pero, como remarcan en un juzgado civil, también es válido un contrato verbal siempre que el demandante tenga medios de prueba para acreditarlo.

Con la irrupción de las nuevas tecnologías, puede darse el caso de que ese contrato ni sea de palabra ni conste en un documento. Es lo que ocurrió en un procedimiento tramitado por el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo, en el que los propietarios de la vivienda alegaron que el contrato de alquiler se realizó a través de mensajes de WhatsApp, ya que en aquella época residían fuera de Galicia. Como prueba se aportaron las capturas de pantalla de los "wassaps" con la inquilina, que, a raíz de la acción judicial emprendida, abandonó el piso y fue además condenada a abonar varias mensualidades y recibos de la luz que adeudaba.

"Estoy buscando piso y me comentaron del tuyo", decía la arrendataria en el primer mensaje. En las sucesivas conversaciones la casera le explicó que era una casa amueblada, le dio el contacto de un familiar para que se la enseñase y le pidió copias del DNI y su número de cuenta para domiciliar las facturas de suministros como el agua y la luz.

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