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El ciclista del siniestro de Monte Alba prepara una demanda civil tras la absolución penal

Tras una reciente conciliación sin acuerdo, el deportista, que quedó parapléjico, formalizará una reclamación de en torno al millón de euros contra comunidad de montes y aseguradora

El ciclista, Diego González, en junio de 2018 en los juzgados con motivo del juicio penal en la Audiencia de Vigo. // Marta G.Brea

A escasas semanas de cumplirse cinco años desde el accidente, el caso del ciclista que quedó parepléjico tras impactar contra una piedra colocada a modo de trampa en el Monte Alba de Vigo sigue vivo en los juzgados. Y es que tras fracasar la vía penal, que terminó con la absolución de los cuatro comuneros acusados al no ver probado los magistrados que fueran ellos los que pusieron la roca en el sendero, el deportista ha decidido acudir a la jurisdicción civil y pleitear por una indemnización para ser resarcido por las graves secuelas y los perjuicios personales y materiales derivados de la paraplejia completa que sufre a raíz del siniestro. De hecho, hace escasos meses, en un Juzgado de Primera Instancia de la ciudad, ya se convocó la preceptiva conciliación previa que concluyó sin acuerdo, por lo que el abogado del ciclista formalizará una demanda para ir a juicio civil contra la Comunidad de Montes de Valladares y la compañía aseguradora en la que se solicitará una cuantía de aproximadamente un millón de euros, según las fuentes consultadas.

El siniestro ocurrió la tarde del 4 de septiembre de 2014. Diego González realizaba un descenso en su bicicleta de montaña por terrenos de la comunidad de montes desde la capilla del Monte Alba, concretamente por un sendero utilizado por numerosos ciclistas como circuito. Allí, en un punto conocido como Freixo, el deportista impactó contra una piedra de importantes dimensiones que, según vio probado la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, en la sentencia penal dictada hace un año, fue "colocada" en la parte baja de un salto de un metro de altura.

Sin "certeza"

Los magistrados no tuvieron dudas de que el obstáculo se puso allí a propósito, como sostenía la Fiscalía, que solicitaba que los cuatro acusados -un directivo y tres personas que trabajaban en la comunidad- fuesen condenados a penas de prisión y a abonar más de 830.000 euros al perjudicado por delito de lesiones por imprudencia grave. La acusación particular, en representación de Diego, elevaba esta petición.

¿Cuál fue entonces el motivo de que la sala acabara dictando una sentencia absolutoria? Pues lo que concluyeron es que no se había "acreditado" que los encausados fuesen los que colocaron ésta y otras piedras en el sendero. Las pruebas, concluyeron, no aportaban la "certeza" necesaria para una condena. Aunque la resolución se podía recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, el Ministerio Público descartó hacerlo.

Cerrada la vía penal, quedaba la civil. Y el ciclista, al que le fue concedida una gran invalidez por las secuelas, ha decidido seguir su lucha judicial. De forma previa a la demanda, esta primavera se señaló el acto de conciliación, fase previa que busca solucionar un litigio con acuerdo entre las partes, algo que no se produjo. A raíz de ello, se abrió un plazo de un año para formalizar la demanda de cara al juicio, que, según las fuentes consultadas, se prevé presentar antes de que finalice este 2019.

La demanda se articulará en base al artículo 1902 -y otros- del Código Civil, que establece que "el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado". Lo que se buscará en el proceso contra la comunidad de montes es, añaden las fuentes, tratar de demostrar que tuvo responsabilidad "objetiva" en el accidente.

El ejemplo del Odriozola

"La culpa civil es distinta a la culpa penal", prosiguen, señalando que una absolución penal no impide que un caso prospere en Primera Instancia. Es por ejemplo lo que ocurrió con la causa del derrumbe del edificio Odriozola de Vigo, ocurrido hace 20 años. Un tribunal Penal exculpó a los acusados, pero un juzgado civil y la Audiencia dictaron una condena -en la actualidad recurrida ante el Supremo- estableciendo indemnizaciones para las familias demandantes de 1,6 millones de euros.

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