Una app que permite pedir comida de un sinfín de restaurantes, la compra del súper e incluso libros o flores. En esencia esto es Glovo, plataforma online que actúa como intermediaria entre los establecimientos y el consumidor. Y en medio de la estructura están los repartidores, que llevan los pedidos a los consumidores en moto o bicicleta. La vinculación de los también conocidos como riders con la empresa está ahora en el centro de la polémica. ¿Son trabajadores autónomos como sostiene Glovo o hay una relación laboral ordinaria como defienden los mensajeros? Judicialmente no está claro, ya que entre las sentencias dictadas hasta ahora en España varias dan la razón a la empresa y otro puñado a los repartidores. En breve habrá otra resolución, la que se dictará tras celebrarse ayer el primer juicio en Vigo por esta problemática. El demandante trabajó 9 meses para Glovo. Y lo que sostuvo su abogado ante el juez es que el joven tenía una relación de dependencia como la de cualquier empleado con su jefe: recibía "órdenes" directas, existía "poder disciplinario", un horario laboral "encubierto" y cobraba una retribución fijada "unilateralmente" por la empresa.

La vista se celebró en el juzgado de lo Social de refuerzo. El demandante, cuya declaración no se pidió, llevó como testigo a otro repartidor que sigue en Glovo y que explicó que, para empezar a prestar sus servicios en este negocio, contactó con la empresa a través de la página web y se dio de alta en una reunión posterior. Firmó fue un contrato de TRADE o TAED -trabajador autónomo económicamente dependiente-. Una cuestión que centró el interrogatorio fue el sistema de puntuación de la aplicación, concretamente el denominado sistema de excelencia. Según el trabajador, si en algún momento decide no aceptar pedidos, si no tiene activado el modo opcional de autoaceptación -coger automáticamente los pedidos que recibe- o si se va de vacaciones, se le "penaliza" en esa puntuación. Los que logran más valoración son los que tienen prioridad para elegir las mejores franjas horarias con más pedidos.

Disciplina

El abogado del rider, Ignacio Albo, expuso esta puntuación como ejemplo de que, aunque "encubierto", hay horario laboral. "Si no haces lo que dice la empresa, te penalizan y trabajas menos o no trabajas; no existe la libertad propia de un autónomo", indicó. Y el sistema también evidencia un "poder disciplinario". "Si no haces lo que te indican, estás penalizado", esgrimió en su intervención.

Otro tema en el que incidió el letrado es que los riders tienen una "integración total" en la organización empresarial de Glovo. La empresa pone equipos a su disposición, en el que el "crucial", dijo, es la propia aplicación informática, para la que se da a cada mensajero un "nombre de usuario y código". "Sin tener acceso a ella no pueden trabajar", explicó, añadiendo que llevan también una mochila con el logotipo de Glovo o una tarjeta de crédito. El vehículo que usan o el teléfono móvil sí lo aportan los trabajadores.

Otra cuestión que el demandante ve "característica" de esa laboralidad es que se le dan "órdenes directas" , como por ejemplo instrucciones de cómo hacer el trabajo o el tiempo máximo de cada pedido. También sostiene que las retribuciones que reciben cada 15 días no son pactadas, sino "impuestas" por la empresa, que se encarga de elaborar las facturas.

Sin exclusividad

¿Y qué sostiene Glovo? Pues su abogado recalcó en este juicio en Vigo lo contrario, que la relación entre empresa y mensajeros no es laboral. "El demandante firmó un contrato de TRADE, no se le exigió exclusividad, los vehículos que usó son de su propiedad y no se le impuso ningún horario", argumentó. No hay, prosiguió, superior jerárquico. Y sobre el famoso sistema de puntuación, dijo que sirve para que el trabajador decida la franja horaria. "Es libre de hacer la ruta y los pedidos que quiera", afirmó el letrado, añadiendo que esa puntuación no penaliza. "Es una bonificación", concluyó.

La empresa -que aportó dos informes periciales ratificados en sala por sus autores- negó finalmente que existan órdenes a los mensajeros. Sobre la geolocalización de la App, se señaló que es para comprobar qué riders están más cerca de la dirección del pedido, "no para controlar ni sancionar". El juicio quedó visto para sentencia.