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La separación se queda obsoleta

Catorce años después de eliminarse el requisito de separarse antes de divorciarse, esta figura persiste pero de forma minoritaria ► En 2018 en Vigo hubo 30 casos frente a 764 divorcios

Parece claro que quienes deciden poner fin a su matrimonio en Vigo lo hacen convencidos y con el objetivo de cerrar, sin posibilidad de vuelta atrás, esa etapa de sus vidas. Porque el divorcio es, sin duda, la opción mayoritaria de quienes sellan sus rupturas en los tres juzgados especializados en Familia de la ciudad olívica. En 2018, según recogen las estadísticas publicadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ésta fue la figura legal elegida por un total de 764 parejas. Un dato que evidencia que la otra alternativa, la de la separación, se encuentra en vías de extinción. A punto de cumplirse 14 años desde la entrada en vigor de la reforma que eliminó el requisito de separarse antes de divorciarse, la experiencia ha evidenciado que aquel cambio legal fue acertado. Es verdad que aún hoy hay gente que prefiere esa vía intermedia, pero son los menos. ¿Cuántos? Pues el año pasado en la urbe únicamente se registraron 30 separaciones.

Pero, ¿cuál es la diferencia entre ambas figuras? "Con el divorcio se disuelve el vínculo matrimonial; por el contrario, con la separación persiste", explica Paula Martínez Molares, abogada del despacho Maio Legal. Hasta 2005 era obligatorio separarse antes de acudir al procedimiento de divorcio. "El divorcio se concebía como el último recurso al que podían acogerse los cónyuges y sólo cuando era evidente que, tras un dilatado período de separación, su reconciliación ya no era factible", se resumía en la exposición de motivos de la Ley 15/2005 de 8 de julio que modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil para, entre otras cuestiones, eliminar esa exigencia previa de la separación. Para que la "libertad" tuviese su reflejo también en el matrimonio, seguía el texto legal, se pasó a "admitir" la disolución del matrimonio por divorcio sin necesidad de ningún paso previo, "con un importante ahorro de coste a las partes tanto económico como personal", ya que no sería preciso ir a dos procedimientos judiciales para romper del todo la vida en pareja.

La nueva ley tuvo rápidos efectos en la dinámica de los juzgados de Familia. Si hasta aquel año las separaciones siempre estaban a la cabeza, desde entonces se han visto ejercicio tras ejercicio superadas por los divorcios. Y esta tendencia no ha hecho más que afianzarse. Los datos relativos a 2018 lo dejan bien claro. El año pasado en estos tribunales se registraron 1.074 casos de rupturas. 280 de ellos fueron de parejas de hecho con hijos menores, que acuden ante el juez solo para regular lo relativo a los niños (guarda y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos, entre otras cuestiones). Los restantes 794 fueron rupturas matrimoniales, con o sin hijos. Y un abrumador 96% optó por el divorcio. Apenas el 4% de estas parejas se decantaron por la vía intermedia de la separación.

"La separación es como ponerte a conducir a día de hoy un coche de caballos; está fuera de lugar", opina el abogado Tomás Santodomingo. "Y después si definitivamente te quieres divorciar debes emprender un segundo procedimiento judicial, lo que supone un nuevo desembolso económico", prosigue el jurista, que no recomienda la ya minoritaria figura a sus clientes. Noemí Pérez Pinto, letrada del despacho Hebra Red de Abogados, relata que entre los pocos casos de separaciones en los que intervino ha percibido que quienes lo eligen así lo hacen, por ejemplo, por "convicciones religiosas", por el hecho de que no se rompe el vínculo matrimonial. También es una opción en parejas que llevaban "30 o 40 años" casadas. "Lo hacen porque socialmente o en su ámbito el divorcio no se ve bien", agrega la abogada.

Reconciliación

Cuando una pareja se separa y pasado el tiempo se reconcilia, que en ocasiones ocurre, basta una tramitación mínima para que el matrimonio vuelva a tener plena validez. No ocurre así con el divorcio. Al romperse el vínculo, si ese exmatrimonio quisiera volver a estar unido por el mismo tendría que casarse de nuevo. En cuanto a casarse con otra persona distinta, solo se puede con el divorcio.

En lo que no hay diferencia entre una figura y la otra, destaca Paula Martínez Molares, es en las decisiones judiciales en relación con los hijos menores en común. Se opte por la separación o se opte por el divorcio deberá fijarse, de mutuo acuerdo o tras un juicio contencioso, a quien se atribuye la guarda y custodia y regular los restantes aspectos relativos a las visitas, la pensión de alimentos o la atribución de la vivienda familiar. "Los efectos en lo referente a esta cuestión son los mismos", concluye la letrada.

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Paula Martínez Molares - Abogada

"Con el divorcio se disuelve el vínculo matrimonial, esa es la diferencia clave"

Noemí Pérez Pinto - Abogada

"Hay parejas que prefieren optar por la separación por convicción religiosa"

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