Los dos juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vigo celebraron las últimas semanas más de una decena de juicios tras las demandas presentadas por trabajadores que hacen labores de estiba y desestiba en el puerto olívico para empresas privadas. Fueron a la vía judicial para ser encuadrados en el Régimen Especial del Mar, de manera que estén equiparados en beneficios sociales con los estibadores que controlan el monopolio sobre la actividad en los muelles vigueses. Y cinco sentencias que acaban de ser notificadas dan la razón a los demandantes, estimando sus recursos y condenando al Instituto Social de la Marina (ISM) a darlos de alta como estibadores portuarios en el citado régimen y a "todos los efectos". Algo que incluye "el reconocimiento y aplicación de los coeficientes reductores en la edad de jubilación". Es decir, anticipar esa etapa como ocurre en otras ocupaciones, como la de los marineros.

Tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ya habían sentenciado a favor de afectados en esta materia. Algo que no pasa por alto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Vigo en sus últimas sentencias, donde los demandantes fueron representados por el abogado Alberto Muñoz. "La verdad es que la controversia ha sido ya resuelta por nuestros tribunales superiores", afirma el juez, reproduciendo argumentos de algunas de esas resoluciones. Así que, como resalta el magistrado en uno de sus fallos, siendo el caso analizado "sustancialmente idéntico" a esos supuestos, estima el recurso del estibador privado y ordena al ISM que curse su alta como estibador portuario en el citado régimen especial.