Una sentencia por negligencia médica que ya es firme. El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación y por infracción procesal presentados por un ginecólogo y una compañía aseguradora contra la sentencia de la Audiencia de Vigo que los condenó por las lesiones irreversibles que sufrió un bebé al nacer y que le dejaron incapacitado para realizar las funciones más elementales del día a día, incluidas la alimentación y el aseo, por lo que será dependiente toda su vida. El fallo ratificado los condena a abonar 600.000 euros a favor del menor, en la actualidad de 9 años de edad, y 130.000 por daño moral a la madre. El resto de la cuantía son los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, que se aplican cuando un asegurador incurre en mora en el pago. La cantidad total, con estos intereses, superará los 1,5 millones.

El Supremo inadmite los recursos por "carencia manifiesta de fundamento". Varias de las cuestiones alegadas pretendían una nueva valoración de la prueba, lo que no cabe en esta instancia. Además, el Alto Tribunal señala que la sentencia recurrida hizo "una exhaustiva valoración" de todos los informes de la causa y sus conclusiones no pueden ser tachadas "ni de ilógicas ni de arbitrarias".

La madre del niño fue representada por los abogados de Vigo Beatriz y Pablo Viana Tomé. El médico condenado no sometió a la mujer a todas las pruebas necesarias pese a los factores de riesgo y el bebé al nacer sufrió lesiones que le dejaron "gravísimas secuelas".