Una contratación "más que irregular" que no tenía otro fin "que beneficiar exclusivamente a la elegida". Es la conclusión de la Audiencia de Vigo en el caso del enchufe de una cuñada de la presidenta de la Diputación Provincial de Pontevedra, Carmela Silva. La sala condena a 5 años y tres meses de prisión a Francisco Javier Gutiérrez Orúe, que era jefe de servicio de Participación y Atención Ciudadana del Concello. A él le atribuye participar en un "plan" para dar empleo a Vanesa F.B., para lo que tuvo la "participación" de Ramón Comesaña Alonso, entonces administrador de Imesapi, empresa que era concesionaria municipal. A este último le impone un año y medio de cárcel. El tribunal valora que la contratación se hizo "de forma oculta y al margen de los sistemas legales de oferta pública de empleo" y que la "retribución indebida" que recibió mes a mes la mujer, por trabajos que no hizo, fueron "a costa" de "fondos del Ayuntamiento". Todo, se resume, fue una "mera simulación o ficción".

La sentencia fue dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo. La mayor condena recae en Orúe como autor de un delito continuado de prevaricación, en concurso medial con otro de malversación de caudales públicos y otro de falsedad en documento mercantil. Junto a los algo más de 5 años de cárcel, a este alto funcionario municipal de 62 años se le imponen 9 años y un día de inhabilitación absoluta. Para el exresponsable de Imesapi, de 59 años y sentenciado como cooperador necesario de la malversación y autor de la falsedad, la pena es de un año y seis meses de prisión y dos años y medio de inhabilitación. A ambos se les aplica la atenuante de dilaciones indebidas y, en el caso de Comesaña, también la de colaboración por cooperar en la investigación facilitando "de forma voluntaria" la documentación requerida. Por último, los dos condenados deben indemnizar conjunta y solidariamente al Concello de Vigo con 108.147 euros.

Los magistrados, tras valorar "en conciencia" la prueba, concluyen que, para "beneficiar económicamente" a Vanesa F.B., con "estrecha vinculación familiar" con una persona con "importante responsabilidad política" en el Ayuntamiento -en referencia a Carmela Silva-, Orúe participó "en un plan" para contratar a esta mujer. La sala aclara que no consta si lo hizo a "iniciativa propia" o impulsado "por tercera o terceras personas".

Conocedor de que en la Concejalía de Participación Ciudadana "existían remanentes de liquidez económica", prosiguen los jueces, el alto funcionario llevó a cabo el citado plan ya que pese a que no tenía control directo sobre esos fondos, por su antigüedad y experiencia no iba a tener "impedimento" para abonar la retribución mensual a Vanesa "a costa de fondos del Ayuntamiento". Para ello, tuvo la "colaboración" del entonces administrador de Imesapi y de la "cobertura" de esa empresa, a la que se había adjudicado el servicio de atención de varios centros cívicos.

Para encubrir la "ficción" que fue el empleo de esta mujer, concreta la sentencia, se hicieron 9 contratos menores para hacer encuestas. Todos fueron adjudicados a Imesapi. La intención era "hacer figurar" a Vanesa como autora de esos trabajos. La "maniobra" de esos contratos tenía como fin en realidad pagar la nómina de Vanesa durante los cinco años que estuvo contratada.

Pero la labor que conllevaban esas encuestas no fue realizada por esa mujer, que "carecía de conocimientos" para confeccionarlas. Ni por ella, ni por ningún empleado de Imesapi ni por personal del Concello, concluye la sala. Pese a ello la concesionaria facturó por ellas 108.000 euros procedentes de las arcas municipales -la cuantía que ahora debe devolverse-, mediante facturas falseadas que reflejaban unos trabajos que no efectuó.

La sala argumenta que si bien el simple hecho de que la mujer fuese cuñada de Silva podía ser "simple coincidencia", insuficiente para una condena, si ese dato se pone en relación "con las circunstancias" que rodearon la contratación, la conclusión es que la misma fue "más que irregular". Las defensas de los condenados recurrirán ante el Tribunal Supremo. Xuntos, acusación popular y que fue quien puso la denuncia inicial, valora hacerlo, en su caso para pedir mayor condena.