Cinco juicios distintos, pero centrados en una problemática idéntica. Todas estas vistas se celebraron ayer en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo, a raíz de las demandas presentadas por trabajadores que hacen labores de estiba y desestiba en el puerto olívico para empresas privadas. Pleitean contra el Instituto Social de la Marina (ISM) para que sean encuadrados en el Régimen Especial del Mar y sean equiparados así en beneficios sociales con los algo más del centenar de estibadores que controlan el monopolio sobre la actividad en los muelles vigueses, conocidos popularmente como la Colla. Los juicios de ayer se unen a los numerosos procesos que desde hace más de una década se llevan celebrando en los tribunales de Vigo y de otros puntos de Galicia por esta cuestión. Causas en las que estos trabajadores han ganado la batalla judicial a la Administración.

Los demandantes pleitean contra el ISM por incluirles "indebidamente" en el Régimen General de la Seguridad Social y no en el Régimen Especial del Mar. Lo que reclaman es que se les clasifique en este último como estibadores portuarios a todos los efectos. Esto incluiría el reconocimiento y aplicación de los coeficientes reductores en la edad de jubilación, para anticiparla como ocurre en otras ocupaciones laborales "como las de los marineros, los bomberos o los mineros". Así lo explicó ayer el abogado que los representa, el vigués Alberto Muñoz, que ya ganó más de un centenar de litigios de esta materia.

"Los tribunales dan la razón a los trabajadores, y pese a ello el ISM se resiste a reconocerles estos derechos, lo que les obliga a ir a la vía judicial", explica el letrado, que, además de a trabajadores vigueses, ha llevado también a afectados de A Coruña, Ferrol, Vilagarcía o Pontevedra. El abogado concreta que hubo sentencias favorables del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y del Tribunal Supremo. Y señala que, junto a la edad de jubilación, otros beneficios que tiene el Régimen Especial del Mar es que aporta por ejemplo "mayor protección" en accidentes de trabajo.

Lo que a grandes rasgos alegan los litigantes es que sus funciones son las propias de un estibador portuario y que es la naturaleza del trabajo realizado, y no la de la empresa que los contrata, la "determinante" para que los incluyan en este régimen. Por eso piden que a estos efectos se les equipare con los estibadores que tienen el monopolio en zonas portuarias. "Hacen la misma labor, pero en empresas privadas", afirma Alberto Muñoz. En uno de los juicios de ayer en Vigo -el ISM no compareció-, declararon testigos, entre ellos el jefe de la Policía Portuaria, para acreditar que un operario que pasó por dos empresas hacía labores de estiba "Era trabajo de descarga de pescado pura y dura", dijo uno. "Descargaba mercancía de los barcos y la llevaba al Puerto para colocarla en los puestos para la subasta", resumió otro.