La proliferación de patinetes eléctricos y otros tipos de vehículos de movilidad personal (VMP), como hoverboards o monociclos eléctricos, llevaron a la DGT en 2016 a arrojar luz sobre estos dispositivos, que por sus características -precisa Tráfico- no pueden ni equipararse a la figura del peatón ni a la de los vehículos de motor. Ante esa situación, la DGT aclara que los VMP pueden circular por la calzada, siempre y cuando se trate de "vías expresamente autorizadas" por los ayuntamientos. "La autoridad municipal, no obstante, podrá autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales", precisa Tráfico.

Al no tratarse de vehículos de motor los VMP no requieren autorización ni tampoco seguro, aunque los ayuntamientos pueden decidir que es necesario para su manejo y siempre está en manos del usuario contratarlo voluntariamente. La velocidad máxima para los patinetes y hoverboards es de 20 km/h y la de los Segway, 30. Desde el Concello precisan que en la actualidad no hay ninguna norma que desarrolle la regulación.