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La SGAE ya presentó este año en Vigo más de 70 demandas contra bares y otros negocios

-La cifra real se presume mayor, ya que aún hay asuntos sin registrar por la reciente huelga -El juzgado notifica una ejecución a un centro deportivo condenado a pagar 3.000 euros

Las demandas de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra bares, pubs, gimnasios u otro tipo de negocios, así como colectivos como las comisiones de fiestas, no cesan. Buena prueba de ello es que el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ha registrado en lo que va de año más de 70 asuntos sobre propiedad intelectual. La mayoría son procedimientos instados por la SGAE, por presunta reproducción de música protegida sin abonar el correspondiente canon, pero también hay demandas formuladas por otras entidades, como AGEDI, AIE entre otras.

Este tipo de casos representa una buena parte de los asuntos que recaen en el juzgado Mercantil, que en los últimos años también ha visto crecer las demandas contra compañías aéreas por retrasos en los vuelos, cancelaciones o pérdida de equipaje. En lo que se refiere a propiedad intelectual, en los primeros seis meses de este año el tribunal registró al menos 73 procedimientos. La cifra real todavía se presume mayor ya que, debido a la huelga que paralizó durante tres meses la actividad judicial, aún hay expedientes sin registrar.

Por regla general, la mayoría de casos promovidos por la SGAE acaban siendo estimados por el juez o, ya de forma más excepcional, resueltos con un acuerdo económico entre las partes antes de llegar a juicio. La primera vez que se desestimó un asunto en Vigo fue en 2016, cuando el dueño de una cafetería de la calle Zamora ganó la batalla a esta sociedad y a otras dos entidades, que le reclamaban más de 1.000 euros alegando que en el televisor del bar reproducía programas que contenían sintonías y fondos musicales que forman parte del repertorio protegido que gestionan. El magistrado rechazó la demanda al declarar la invalidez de las actas de visita al establecimiento.

Pero este caso fue toda una excepción. Lo habitual es lo contrario. Como el proceso contra un centro deportivo en el que el juzgado, por medio de un edicto, acaba de notificar el auto y el decreto por el que, a instancia de la SGAE y dos sociedades más, se despacha ejecución contra este negocio. Está condenado a pagar 2.235 euros de principal, y otros 819 en concepto de costas e intereses, por uso de repertorio protegido. La sentencia es de 2017.

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