El coste por aparcar en el hospital fue una de las grandes polémicas con las que se estrenó el Hospital Álvaro Cunqueiro. Muchos usuarios se negaron a asumir las elevadas tarifas y los estacionamientos irregulares se convirtieron en la norma en el recinto. Una de las primeras medidas de Jesús Vázquez Almuiña al llegar a la Consellería de Sanidade fue reducirlas a casi la mitad. También se había acordado dejar gratuito el acceso a las 700 plazas del reservado a trabajadores. Las discrepancias a la hora de valorar las compensaciones por estos cambios han llevado a Sanidade y a la concesionaria del hospital a los tribunales. La sociedad tampoco se pone de acuerdo con la empresa a la que subcontrató el parking, Aljamil, sobre cuánto se debe reducir el canon por estos mismos conceptos y los abonos de empleados. A la espera de alcanzar un acuerdo, la gestora decidió no pagarlo La UTE le rescindió el contrato por impago del canon desde el inicio de la explotación y le reclama 1,7 millones de euros. El juzgado de Primera Instancia número 8 de Madrid le ha dado la razón. La sentencia no es firme.

Ante el conflicto del aparcamiento, tres meses después de que empezara a cobrar, Sanidade negoció varios cambios con la Sociedade Concesionaria Novo Hospital de Vigo -una unión temporal de empresas formada por Acciona, Puentes y Calzadas, Veolia y Concessia Cartera-. Propuso la rebaja de las tarifas como una "medida correctora" necesaria ante los "problemas evidentes de aparcamiento" en el recinto, "incluso con riesgo de comprometer" el acceso a urgencias.

Estos nuevos precios, que se aplicaron desde el 1 de diciembre de 2015, incluían un descuento de 10 euros en el abono para los trabajadores del hospital, que se habían fijado previamente en 40 euros. Aljamil, la empresa a la que la concesionaria subcontrató la gestión del parking, asegura que son más de medio millar al mes los empleados que recurren a él.

Además, la presión de los sindicatos llevó al Sergas a acordar que las algo más de 700 plazas del parking reservado a trabajadores -el que está debajo del bloque técnico- fuera gratuitas. Aljamil cifra en 4.000 las tarjetas que ha expedido para poder acceder a él y recuerda que siempre está lleno. Acude a los pliegos de prescripciones técnicas en el que se establece que "el concesionario será el responsable" del "cobro a los usuarios de las tarifas establecidas, excepto al personal del hospital que esté autorizado, cuyo pago será asumido directamente por el hospital".

Según la adjudicación del servicio, la empresa explotadora del debía pagar al año 2,55 millones de euros a la concesionaria. Pero la empresa considera que se debía rebajar sustancialmente por los cambios anteriormente expuestos y por los estacionamientos irregulares. No llegaron a ningún acuerdo en las negociaciones y, mientras, no abonó ninguna de las facturas mensuales por el canon. Nueve meses después de que comenzara el servicio, el 30 de mayo de 2016, la sociedad le comunicó la rescisión del contrato -para su aplicación el 1 de julio de ese año- y esta se opuso.

Resuelta la relación de forma unilateral, casi seis meses después y mediante burofax, la concesionaria refacturó el canon, ajustándolo a la rebaja de tarifas y la gratuidad del parking de empleados, según un informe pericial elaborado por Deloitte. Redujo un 4% las cuotas de las tres primeros meses y, tras la entrada en vigor de las nuevas tarifas, un 69%.

El canon anual quedaba así fijado en 1,1 millones de euros. Aljamil tampoco accedió a pagar. La empresa asegura que, en 2017, recaudó 1.3 millones y que los gastos de personal, mantenimiento y servicios asciende a casi otro millón.

Acabaron en los tribunales, donde la magistrada del juzgado de Primera Instancia número 8 de Madrid ha dado la razón a la concesionaria y ordena a la gestora del aparcamiento que abandone las instalaciones y le condena a pagar 1,72 millones de euros -las 18 cuotas mensuales no satisfechas hasta la presentación de la demanda, menos 245.000 euros del aval, ejecutado- más los intereses y las costas procesales. No es firme y Aljamil recurrirá, por lo que aún está gestionando el parking, dos años después de que el contrato fuera rescindido unilateralmente por la concesionaria.

La magistrada entiende que "lo que pretende Aljamil es una compensación entre la deuda contraída por ella con la sociedad por el canon debido y la indemnización que cree le corresponde recibir por los cambios de circunstancias sufridos". Rechaza esta pretensión porque "no identifica ni acredita ésta a qué obligación contractual se refiere cuando habla de incumplimiento" de la concesionaria, "siendo esta cuestión distinta de la responsabilidad en que como adjudicataria pudo incurrir aquellas por la alteración del escenario base". Por ello falla que "no hay razón ni justificación para el impago del canon" y declara ajustada a derecho la resolución del contrato litigioso.