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Las prácticas que denunció la Autoridad Portuaria

Competencia amenaza con una multa a la estiba viguesa por tareas fuera de su monopolio

La Comisión Nacional califica de infracción muy grave los acuerdos entre sindicatos y empresas que desde 1996 reservan a los estibadores servicios "más allá" de los permitidos por ley - Los afectados, expectantes ante el resultado de sus alegaciones

Sede de la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (Sagep), en la calle Areal. // J. Lores

La amenaza de una multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobrevuela la estiba viguesa. A punto de cerrar la investigación abierta en enero de 2017 a raíz de la denuncia formulada en agosto del año anterior por la Autoridad Portuaria, la Sala de Competencia de la CNMC considera que los acuerdos adoptados en 1996 por la entonces Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba (SEED), y en los firmados en 2010 y 2013 ya como Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (Sagep), reservan en exclusiva para estos trabajadores tareas que exceden el ámbito del monopolio que de momento siguen ejerciendo en la prestación de servicios portuarios.

Una serie de "Pactos Extraestatutarios" -esos acuerdiños a los que aludía el presidente del Puerto, Enrique López Veiga- suscritos entre los sindicatos del Comité de Empresa y las firmas estibadoras cuyo contenido la Sala califica como "infracción muy grave" de los artículos 1 y 101 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), respectivamente. La imposición o no de la multa, al igual que su cuantía, dependerá del análisis de las alegaciones de los afectados cuyo plazo de presentación acabó este mes.

La comunicación de este dictamen el 31 de mayo pasado zarandeó la relativa tranquilidad que reinó en los meses anteriores entre accionistas y sindicatos de la Sagep por la investigación del órgano supervisor. Como mucho temían una advertencia, una llamada al orden, pero nada parecido a un aviso de multa. Y tenían motivos para creerlo así puesto que la Dirección de Competencia -el órgano instructor del expediente- no halló motivos para sancionarles. De hecho había resuelto que "no resulta posible considerarles responsables de una infracción" al entender que dichos pactos "constituyen acuerdos intra-empresa negociados dentro de la Sagep por la empresa y sus trabajadores".

En cambio, tras analizar el contenido del informe del instructor, la Sala de Competencia entiende que sindicatos y empresas sí infringieron "al haber distorsionado el normal funcionamiento de la oferta y la demanda de los servicios complementarios en el Puerto en la medida en que han cerrado el mercado al imponer unas condiciones uniformes de prestación de los servicios no portuarios, sin amparo legal". Por servicios "complementarios" se refiere en concreto al embarque y desembarque de vehículos nuevos en la terminal Ro-Ro, y la entrega y recepción de mercancías, en el recinto de contenedores de Guixar.

Desde 2010 que la modificación de la Ley de Puertos retiró ambas actividades del conjunto de las reservadas a los estibadores. Sin embargo, en la práctica en Vigo, como en muchos puertos de España, ambas tareas siguen bajo control de la Colla. Y esto ocurre, como explica el dictamen de la citada Sala basándose en lo comprobado durante la instrucción, por "esos acuerdos que desarrollan lo pretendido en el 'Convenio Colectivo S.E.E.D.' de 1996 con el objeto de reservar a los estibadores de la SEED/Sagep de Vigo la prestación de servicios en actividades más allá del ámbito propio reservado por ley a las labores de estiba portuaria".

A tenor de estos argumentos, los accionistas de la Sagep que tanto se quejan de los altos costes de una plantilla que tiene la obligación de contratar hasta la liberalización total de la estiba -en teoría quedan aún más de dos años- serían víctimas de los acuerdiños que firmaron en su día en el número 9 de la calle Areal. Pactos que podrían salirles muy caros si la CNMC rechaza sus alegaciones, de ahí la preocupación existente en el seno de la sociedad de estiba por la amenaza de sanción y la tensión que ello provoca en las actuales negociaciones de sindicatos y empresas dirigidas a cerrar un acuerdo de mejoras competitivas.

El denunciante, "partícipe"

La propuesta de sanción afecta a los sindicatos Coordinadora de Trabajadores del Mar, CC OO, UGT, CIG y Confederación General del Trabajo; a la propia Sagep y a sus empresas accionistas, Líneas Marítimas Españolas (Grupo Suardiaz), Bergé Marítima, Estibadora Gallega ( integrada por Kaleido y Pérez&Cia), Pérez Torres Marítima y Termavi (Grupo Davila). A estos once, la Sala sorprende al añadir al denunciante de las irregularidades, la Autoridad Portuaria. Por varias razones que resume así: "La APV ha incumplido con su obligación de velar por el cumplimiento de la normativa vigente y su misión de garantizar la eficiencia y competitividad del Puerto de Vigo en la medida en que ha sido partícipe en la adopción y mantenimiento de los acuerdos mencionados entre la Sagep de Vigo, las empresas estibadoras y el Comité de Empresa de la Sagep".

Sobre la cuantía de la sanción, para estas infracciones se estipula en el "10% del volumen de negocios total de la infractora en el ejercicio inmediatamente anterior", recuerda la Sala de Competencia, aunque sin ofrecer más detalles. Si finalmente "condenase" a la sociedad donde siguen representados casi todos los firmantes de los pactos, la Sagep, tomando como referencia los 10 millones que facturó en 2015, la multa se quedaría en poco más de un millón de euros.

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