La sentencia incide en otra cuestión a valorar para dictaminar sobre la guarda y custodia de un niño. La del "contexto social" existente. Y la sala establece que a día de hoy ya "no son sostenibles los prejuicios de antaño sobre la custodia paterna".

Ya data de 1990 la reforma legal que suprimió la preferencia que se le daba a la madre en esta cuestión. Citando textualmente otro fallo sobre la materia, la Sección Sexta señala en la actualidad hay que tener en cuenta otros parámetros siempre partiendo de la base de la igualdad. La clave es determinar cuál de los dos progenitores "asegurará de forma más favorable" el cuidado, la atención y el equilibrio que el menor necesita.