Cada vez más, la amistad entre cónyuges una vez ponen punto y final a su relación es más complicada. Las estadísticas judiciales de separaciones así lo revelan. Y es que los divorcios contenciosos ya casi equivalen a los de mutuo acuerdo, cifra que hace solo tres años representaba el 70% de los procedimientos A pesar de este dato, las rupturas no son cosa de vigueses. En este primer trimestre de año 143 parejaS decidieron terminar su unión, un 25% menos que en 2016 y 2017, cuando estas sumaban cerca de 200 separaciones.

Esta situación es prácticamente un reflejo de lo que ocurre con las ruptura s en las parejas de hecho. En esta ocasión fueron 59 las que decidieron terminar su convivencia y unidad familiar, una veintena menos que las registradas en 2017 y 2016 cuando se contabilizaron 75 y 79 respectivamente. En lo relativo a estos litigios, también conocidos como more uxorio, llama la atención que la gran mayoría de los casos, la ruptura se produce con la interposición de un contencioso en lugar de llegar a un acuerdo previo en lo relativo a la guarda y custodia de los hijos menores de edad u otras medidas. En 36 de los 59 casos la separación no fue consensuado frente a los 23 de mutuo acuerdo.

Esta tendencia a la baja en el registro de divorcios por parte de los Juzgados de Familia del partido judicial vigués también se vivió el año pasado. Y es que por primera vez desde 2003, el 2017 se cerró con menos de un millar de rupturas judicializadas, situándose en una media de menos de dos separaciones al día. La importante litigiosidad que generan estas salas civiles ya no tiene como epicentro las relaciones de parejas y un año más volvían a ser los internamientos en centros psiquiátricos o residencias de la tercera e incapacidades los que copan el grueso de estos procedimientos.

El partido judicial vigués es el que ha registrado un mayor número de litigiosidad en Galicia, seguido por A Coruña con 98 divorcios y Santiago de Compostela con 90.

Régimen de visitas o pensión

¿Y las medidas relativas a los hijos? En este apartado tampoco se produce un acuerdo. Según los datos ofrecidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) los progenitores también logran entenderse en lo relativo al convenio regulador del matrimonio. Las cuestiones relativas a las visitas al menos, la pensión de alimentos o incluso la guarda y custodia del menor generaron un total de 65 litigios, de los cuales solo 14 se produjeron de forma consensuada frente 51 en los que tuvo que ser el juzgado quien tomase la decisión más conveniente para el menor.

Tanto letrados como personal judicial siempre abogaron por la vía del mutuo acuerdo, especialmente cuando hay menores. De esta forma el recorrido judicial de la demanda será mucho más corto y también menos costoso para los demandantes. Esta ruptura amistosa no exige la celebración de un juicio y solo se precisa de la presentación de la demanda del divorcio y del convenio regulador para su posterior ratificación por ambos cónyuges y homologación judicial.

Para aquellos casos en los que no existan hijos menores de edad, desde la entrada en vigor de la Ley 15/2015 de 2 de junio de Jurisdicción Voluntaria, los notarios también pueden tramitar los divorcios consensuados sin necesidad de intervención judicial ni demanda.